Diferencia entre revisiones de «Inscripción de cancelación de medidas cautelares dispuestas por resolución administrativa»
Inscripción de cancelación de medidas cautelares dispuestas por resolución administrativa (ver código)
Revisión del 14:07 23 sep 2019
, 23 sep 2019→Requisitos para la inscripción
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== Requisitos para la inscripción == | == Requisitos para la inscripción == | ||
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp). | |||
b) Oficio remitido por el Ejecutor Coactivo a través del cual solicita la inscripción, y remite copia certificada de la resolución que ordena levantar el embargo. Cuando la normatividad así lo exija, deberá acreditarse que el acto administrativo ha quedado firme. | |||
c) El Ejecutor Coactivo, debe encontrarse acreditados ante el Registro. | |||
== Precedente de observancia obligatoria == | == Precedente de observancia obligatoria == |