Diferencia entre revisiones de «Inscripción de cierre de partida registral del vehículo por caducidad de la placa de rodaje»

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La inscripción de cierre de partida registral de un vehículo en razón a la caducidad de la placa de rodaje puede inscribirse en el Registro de Propiedad Vehicular.  
El cierre de partida registral de un vehículo en razón a la caducidad de la placa de rodaje puede inscribirse en el Registro de Propiedad Vehicular.  
==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==
1) Formulario de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito.
1) Formulario de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito.


2) Solicitud del propietario con derecho inscrito o su representante que conste en documento con firma certificada notarialmente en donde se indique de manera expresa el motivo de la solicitud. Si la solicitud es presentada por el representante del propietario, deberá adjuntar Carta Poder con firma legalizada ante Notario en donde se le autorize de manera expresa la realización del presente acto.
2) Solicitud del propietario con derecho inscrito o su representante que conste en documento con firma certificada notarialmente en donde se indique de manera expresa el motivo de la solicitud. Si la solicitud es presentada por el representante del propietario, deberá adjuntar Carta Poder con firma legalizada ante [[Notario]] en donde se le autorize de manera expresa la realización del presente acto.


3) Supuestos:   
3) Supuestos:   
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No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.
==Jurisprudencia Registral==
==Jurisprudencia Registral==
====Sumilla de la Resolución 003-2020-SUNARP-TR-T de 02/01/2020 sobre el cierre de patida registral de vehículo ====
====Sumilla de la Resolución 003-2020-SUNARP-TR-T de 02/01/2020 sobre el cierre de partida registral de vehículo====
''El actual Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular ha previsto en los artículos 137, 139 y 140 tres supuestos de cierre de la partida registral del vehículo: por caducidad de la placa, por retiro definitivo del SNTT y por destrucción o siniestro total, respectivamente. Los documentos que dan mérito a dicho cierre, según el caso, se encuentran señalados en cada dispositivo legal.''
''El actual Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular ha previsto en los artículos 137, 139 y 140 tres supuestos de cierre de la partida registral del vehículo: por caducidad de la placa, por retiro definitivo del SNTT y por destrucción o siniestro total, respectivamente. Los documentos que dan mérito a dicho cierre, según el caso, se encuentran señalados en cada dispositivo legal.''
====Sumilla de la Resolución 139-2011-SUNARP-TR-T de 11/03/2011 sobre efectos del cierre de partidas arrendamiento financiero====
====Sumilla de la Resolución 139-2011-SUNARP-TR-T de 11/03/2011 sobre efectos del cierre de partidas====
''Extendido en la partida del asiento de cierre a consecuencia del procedimiento administrativo registral correspondiente, no es posible extender nuevos asientos, ni siquiera en virtud a títulos otorgados antes del cierre.''
''Extendido en la partida del asiento de cierre a consecuencia del procedimiento administrativo registral correspondiente, no es posible extender nuevos asientos, ni siquiera en virtud a títulos otorgados antes del cierre.''
==Tasa registral==
==Tasa registral==
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