Diferencia entre revisiones de «Inscripción de constitución de APAFA - Asociación de padres de familia»

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''Conforme a la Ley 28628 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2006-ED, tratándose de una APAFA, el órgano encargado de convocar a asamblea eleccionaria es el comité electoral. Sin embargo, si del acta se aprecia que el comité electoral ha dirigido, organizado y supervisado el proceso electoral, resulta válida la convocatoria efectuada por el presidente del consejo directivo, pues se ha cumplido con la finalidad de la norma.''
''Conforme a la Ley 28628 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2006-ED, tratándose de una APAFA, el órgano encargado de convocar a asamblea eleccionaria es el comité electoral. Sin embargo, si del acta se aprecia que el comité electoral ha dirigido, organizado y supervisado el proceso electoral, resulta válida la convocatoria efectuada por el presidente del consejo directivo, pues se ha cumplido con la finalidad de la norma.''


==Tasa Registral==
== Tasa registral ==
===Por constitución===


1.Por constitución S/ 35.00  
*Derecho de inscripción: S/ 35.00


2.Por nombramiento del Consejo Directivo S/ 25.00
*Plazo de calificación: 7 días hábiles


Plazo de calificación: 7 días hábiles contados a partir del día siguiente
===Por nombramiento del Consejo Directivo===
 
*Derecho de inscripción: S/ 25.00
 
*Plazo de calificación: 7 días hábiles
 
  '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''
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