Inscripción de constitución de CAFAE - Comité de administración de fondo de asistencia y estímulo

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La constitución de CAFAE - Comité de administración de fondo de asistencia y estímulo puede inscribirse en el Registro de Personas Jurídcas.

Requisitos para la inscripción

¿Qué documentos se necesitan para constituirlo?

a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).

b) Resolución de constitución del CAFAE emitida por el Titular del Pliego presupuestal, la que debe presentarse en copia autenticada por el funcionario competente del organismo emisor que emite la Resolución de Constitución (solicitarla a la persona que conserva en su poder la matriz de la resolución, no presentar copia fedateada o autenticada por fedatario ni certificado por Notario).

c) Resolución de nombramiento de los integrantes del CAFAE emitida por el Titular del Pliego presupuestal, la que debe presentarse en copia autenticada por el funcionario competente del organismo emisor que emite la Resolución de Constitución (solicitarla a la persona que conserva en su poder la matriz de la resolución, no presentar copia fedateada o autenticada por fedatario ni certificado por Notario).

d) Copia autenticada por el fedatario de la Oficina Registral correspondiente, de la parte pertinente del acta que contenga el inserto del texto íntegro del reglamento interno, así como de la parte en el que conste la aprobación respectiva, debiendo consignarse en dicha copia, el número del Libro de Actas respectivo, folios de que consta y demás datos que permitan obtener una idea completa de su contenido.

¿Qué deberá tener en cuenta?

En caso que en la resolución no conste el documento de identidad de los miembros de la junta directiva; deberá adicionalmente adjuntar copias certificada por notario del documento nacional de identidad de los integrantes elegidos.

Base Legal:

a) Decreto de Urgencia Nº 088-2001 – Establecen disposiciones aplicables a los Comités de Administraciòn de los Fondos de Asistencia y Estímulo de las entidades públicas.

b) Resoluciòn Nº 015-2002-SUNARP/SN – Establecen criterios para la inscripción de los Comités de Administraciòn de los Fondos de Asistencia y Estímulo de los trabajadores de los organismos públicos.

Precedentes de Observancia Obligatoria

No se ha aprobado precedentes sobre este acto

Resoluciones del Tribunal Registral

1.INSCRIPCION CAFAE

El acto constitutivo del CAFAE importa la designación de los integrantes que conforman este comité en número suficiente que les permita sesionar válidamente y entre los cuales debe encontrarse el integrante con facultad de convocatoria. No es inscribible la sola designación de un integrante del Comité de Administración de Fondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE, salvo que su nombramiento sea para sustituir a algún integrante del CAFAE inscrito. Resolución 2319-2015-SUNARP-TR-L de 13/11/2015

2. NOMBRE DEL CAFAE

El precedente referido aprobado en el Segundo Pleno del Tribunal Registral referido al nombre, es de aplicación, tanto para personas naturales, como personas jurídicas y otro tipo de organizaciones jurídicas como el Cafae. Resolución 1239-2008-SUNARP-TR-L de 11/11/2008

3. PRÓRROGA DE FUNCIONES DE CAFAE

No resulta procedente la prórroga de funciones del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo (CAFAE), cuando su reglamento interno no ha previsto la referida figura. Resolución 897-2015-SUNARP-TR-L de 08/05/2015

Tasa Registral

1.Por constitución: S/ 35.00

2.Por nombramiento de los integrantes del CAFAE: S/25.00

Plazo de calificación: 7 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presentación del titulo.