Inscripción de constitución de servidumbre (ver código)
Revisión del 22:38 30 mar 2020
, 30 mar 2020→Requisitos para la inscripción
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d) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | d) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | ||
== Tener en cuenta == | |||
* Si se constituye a título oneroso se deberá indicar la contraprestación. | |||
* En caso que el derecho de servidumbre recae sobre parte de un predio inscrito, se presentarán los requisitos técnicos requeridos en la Directiva N° 03-2014-SUNARP-SN. | |||
* En caso de comunidades campesina, se requiere precisión de las características físicas del predio en el otorgamiento de facultades. | |||
== Base legal== | == Base legal== |