Diferencia entre revisiones de «Inscripción de constitución de sociedad»

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n)Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.
n)Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.
   
   


== Base legal ==
==Base legal==


* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias.
*Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias.


* Artículos 5, 27, 54 y 55 de la Ley N° 26887 Ley General de Sociedades  (09/12/1997).
*Artículos 5, 27, 54 y 55 de la Ley N° 26887 Ley General de Sociedades  (09/12/1997).


* Artículos 12, 14 Ley Nº 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (09/12/1996).
*Artículos 12, 14 Ley Nº 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (09/12/1996).


* Artículos 1, 3, 14, 35 y 36 del Reglamento del Registro de Sociedades aprobado por Resolución N° 200-2001-SUNARP/SN (27/07/2001).
*Artículos 1, 3, 14, 35 y 36 del Reglamento del Registro de Sociedades aprobado por Resolución N° 200-2001-SUNARP/SN (27/07/2001).


* D.S. Nº 37-94-JUS (07/07/1994).
*D.S. Nº 37-94-JUS (07/07/1994).


* Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984).
*Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984).


==Precedentes de Observancia Obligatoria==
==Precedentes de Observancia Obligatoria==
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==Jurisprudencia Registral==
==Jurisprudencia Registral==
=== Resoluciones del Tribunal Registral ===
===Resoluciones del Tribunal Registral===
====Sumilla de la Resolución 2195-2016-SUNARP-TR-L de 28/10/2016 sobre constitución de sociedad anónima====  
====Sumilla de la Resolución 2195-2016-SUNARP-TR-L de 28/10/2016 sobre constitución de sociedad anónima====  


''La sociedad anónima que se constituya para prestar dinero con garantías personales o reales no requiere la previa autorización de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), si del estatuto se determina que sus actividades no serán de intermediación financiera o captación de dinero del público.''
''La sociedad anónima que se constituya para prestar dinero con garantías personales o reales no requiere la previa autorización de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), si del estatuto se determina que sus actividades no serán de intermediación financiera o captación de dinero del público.''


== Tasa registral ==
==Tasa registral==


*Derecho de calificación: S/ 45.00  
*Derecho de calificación: S/ 45.00


*Derecho de inscripción: Monto del capital X 3/1000
*Derecho de inscripción: Monto del capital X 3/1000
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==Plazo de calificación==
==Plazo de calificación==
*Plazo de calificación: 24 horas hábiles
 
*Plazo de calificación: 24 horas


'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''
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