Diferencia entre revisiones de «Inscripción de constitución de sociedad civil»

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== Tasa registral ==
== Tasa registral ==


'''Por la constitución de la sociedad civil:'''
*Derecho de presentación: S/ 45.00


*Derecho de presentación: S/ 45.00
*Derecho de inscripción: Monto del capital X 3/1000
 
*Plazo de calificación: 24 horas hábiles


*Derecho de inscripción: Capital x 3 / 1000
  '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''

Revisión del 19:00 9 oct 2019

La constitución de Sociedad civil puede inscribirse en el Registro de Persona Jurídica.

Requisitos para la inscripción

a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).

b) Parte notarial de la escritura pública de constitución otorgada por todos los socios fundadores, los mismos que no pueden ser más de 30 miembros.

Dicha escritura pública contendrá el pacto social conforme lo establecido en el artículo 303 de la Ley General de Sociedades.

Es necesario que el capital aportado esté íntegramente pagado al tiempo del pacto social. Asimismo, en la escritura pública deberán insertarse los documentos que acrediten el pago de los aportes que constituyen el capital, sean cupones de depósito bancarios, informe de valorización y declaración jurada de recepción de bienes, según corresponda.

Base legal

  • Artículos 102 a 110 del Reglamento del Registro de Sociedades.

Precedentes de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

No existen Resoluciones del Tribunal Registral

Tasa registral

  • Derecho de presentación: S/ 45.00
  • Derecho de inscripción: Monto del capital X 3/1000
  • Plazo de calificación: 24 horas hábiles
 "Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'