Diferencia entre revisiones de «Inscripción de constitución de sucursal de una sociedad constituida en el extranjero»

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d) Pago de los derechos registrales.
d) Pago de los derechos registrales.


e)Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.
e) Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.


==Tener en cuenta ==
==Tener en cuenta ==
* Todo documento expedido en país extranjero para presentarse en la Sunarp  debe estar en idioma español o traducido con un traductor público juramentado, con su respectiva "apostilla" en caso de que el país se encuentre como miembro suscrito al convenio de la Haya; en caso de no estar suscrito al convenio, la documentación deberá de ser certificada por el consulado del Perú en el país extranjero y luego en el Perú ante el Ministerio de Relaciones Exteriores (se deja constancia que la “cadena de legalización de firmas” se inicia con los otorgantes). Los traductores no son parte de la cadena de legalización de firmas.
* Todo documento expedido en país extranjero para presentarse en la Sunarp  debe estar en idioma español o traducido con un traductor público juramentado, con su respectiva "apostilla" en caso de que el país se encuentre como miembro suscrito al convenio de la Haya; en caso de no estar suscrito al convenio, la documentación deberá de ser certificada por el consulado del Perú en el país extranjero y luego en el Perú ante el Ministerio de Relaciones Exteriores (se deja constancia que la “cadena de legalización de firmas” se inicia con los otorgantes).  


* Conforme a la sétima disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo Nº 1049 y sus modificatorias, la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos deberá ser efectuadas por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario.
* Conforme a la sétima disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo Nº 1049 y sus modificatorias, la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos deberá ser efectuadas por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario.
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== Base legal ==
== Base legal ==


* Artículos 11, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias.
* Artículos 11, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias.


* Artículo 403 de la Ley General de Sociedades Ley N° 26887 (09/12/1997).
* Artículo 403 de la Ley General de Sociedades Ley N° 26887 (09/12/1997).


* Artículo 150 del Reglamento del Registro de Sociedades, aprobado por Resolución N° 200-2001- SUNARP/SN (27/07/2001).
* Artículo 150 del Reglamento del Registro de Sociedades aprobado por Resolución N° 200-2001- SUNARP/SN (27/07/2001).


* D.S. N° 37-94-JUS (07/07/1994).
* D.S. N° 37-94-JUS (07/07/1994).
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== Tasa registral ==
== Tasa registral ==
===Por constitución de Sucursal===
===Por constitución de sucursal ===


*Derecho de presentación: S/ 35.00
*Derecho de calificación: S/ 52.00
*Derecho de inscripción: Monto del capital X 3/1000
*Derecho de inscripción: Monto del capital x 3/1000
*Plazo de calificación: 7 dias hábiles


===Por nombramiento del Consejo Directivo o Junta Directiva===
===Por nombramiento de representante ===


*Derecho de presentación: S/ 50.00  
*Derecho de calificación: S/ 52.00  
*Derecho de inscripción: S/ 10.00  
*Derecho de inscripción: S/ 10.00  
*Plazo de calificación: 7 días hábiles


   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".''''
==Plazo de calificación==
7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados).
 
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''
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