Diferencia entre revisiones de «Inscripción de constitución de superficie»

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* En caso que el derecho de superficie que recae sobre parte de un predio inscrito, se presentarán los requisitos técnicos requeridos en la Directiva N° 03-2014-SUNARP-SN.
* En caso que el derecho de superficie que recae sobre parte de un predio inscrito, se presentarán los requisitos técnicos requeridos en la Directiva N° 03-2014-SUNARP-SN.
== Base legal==
* Artículos 12, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012).
* Artículo 7 de Ley que Crea el Registro de Predios Ley N° 27755 (15/06/2002).
* Artículo 141 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por [[Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN]] (03/05/2013).
* Directiva que precisa los actos inscribibles en el Registro de Predios y en otros registros que requerirán informe previo del área de catastro para acceder a su inscripción, así como los requisitos que deben contener los planos y memorias descriptivas aprobada por [[Resolución N° 189-2014-SUNARP-SN]].
* Directiva que regula la emisión de los informes técnicos de las solicitudes de Búsquedas Catastrales aprobada por [[Resolución N° 120-2014-SUNARP-SN]].
* Artículos 1030, 1031, 1032 y 2011 del Código Civil aprobado por Decreto Legislativo N° 295 (25/07/1984).
* Decreto Supremo N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral.
* Resolución N° 268-2019-SUNARP/SN que aprueba la actualización del monto de los derechos registrales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para el año 2020.


==Precedentes de observancia obligatoria==
==Precedentes de observancia obligatoria==
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