Diferencia entre revisiones de «Inscripción de contrato de cesión de derechos»

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''Resulta inscribible en el Registro Mobiliario de Contratos, la cesión de un derecho de crédito dinerario, pues conforme a lo establecido en el artículo 1206 del Código Civil, lo que es materia de cesión es el derecho a "exigir" o a "hacer efectivo" un crédito.''
''Resulta inscribible en el Registro Mobiliario de Contratos, la cesión de un derecho de crédito dinerario, pues conforme a lo establecido en el artículo 1206 del Código Civil, lo que es materia de cesión es el derecho a "exigir" o a "hacer efectivo" un crédito.''


== Tasas registrales ==
== Tasa registral ==


*Derecho de presentación: S/ 10.00


*Derecho de calificación: S/ 10.00
*Derecho de inscripción: Monto de la garantía X 1.5/1000


*Plazo de calificación:
**Si se presenta Formulario de inscripción: 3 días hábiles
**Otro documento: 7 días hábiles


*Derecho de inscripción: Valor de la garantía x1.5/1000
  '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".''''
 
 
'''Plazo de calificación:'''
 
 
Si se presenta Formulario de inscripción: 3 días hábiles.
 
 
Otro documento: 7 días hábiles
 
 
Documentación sujeta a calificación por parte del registrador público y complejidad del título."
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