Diferencia entre revisiones de «Inscripción de demolición total o parcial»

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Criterio sustentado en la ''Resolución Nº 308-2010-SUNARP-TR-T'' del 20 de agosto de 2010.
Criterio sustentado en la ''Resolución Nº 308-2010-SUNARP-TR-T'' del 20 de agosto de 2010.


== Resoluciones del Tribunal Registral ==
==Jurisprudencia Registral==


'''1. REGULARIZACIÓN DE DEMOLICIÓN'''
=== Resoluciones del Tribunal Registral ===


En la regularización de demolición no corresponde exigir la presentación del certificado de parámetros urbanísticos y edificatorios, por no ser un requisito exigido por el Reglamento de la Ley N° 27157.
====Sumilla de la Resolución 075-2017-SUNARP-TR-L sobre Regularización de demolición====


Resolución 075-2017-SUNARP-TR-L.
''En la regularización de demolición no corresponde exigir la presentación del certificado de parámetros urbanísticos y edificatorios, por no ser un requisito exigido por el Reglamento de la Ley N° 27157''.  


'''2. FUNCIÓN NOTARIAL EN EL PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACIÓN DE DEMOLICIÓN TRAMITADA AL AMPARO DE LA LEY N° 27157'''
 
====Sumilla de la Resolución 1194-2016-SUNARP-TR-L sobre Función notarial en el procedimiento de regularización de demolición tramitada al amparo de la Ley N° 27157====
   
   
En el procedimiento de regularización de demolición, corresponde al notario certificar la identidad del propietario y del verificador, y legalizar sus firmas en el FOR, planos y el informe técnico de verificación, de conformidad con el inciso e) y f) del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley 27157 aprobado mediante D.S. N°035-2006-VIVIENDA.
''En el procedimiento de regularización de demolición, corresponde al notario certificar la identidad del propietario y del verificador, y legalizar sus firmas en el FOR, planos y el informe técnico de verificación, de conformidad con el inciso e) y f) del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley 27157 aprobado mediante D.S. N°035-2006-VIVIENDA''.


Resolución  1194-2016-SUNARP-TR-L.


'''3. PLANO DE UBICACIÓN EN LA DECLARATORIA DE FÁBRICA Y DEMOLICIÓN TOTAL TRAMITADAS CONFORME A LA LEY N° 29090'''
====Sumilla de la Resolución 928-2016-SUNARP-TR-L sobre Plano de ubicación en la declaratoria de fábrica y demolición total tramitadas conforme a la Ley N° 29090====
   
   
Para la inscripción de la declaratoria de fábrica y demolición total tramitadas conforme a la Ley N° 29090, no se requiere exigir que el interesado adjunte el plano de ubicación de la demolición, cuando ha cumplido con presentar el plano de ubicación de la declaratoria de fábrica, porque al tratarse de una demolición total donde no existen construcciones pendientes, dicho plano proporciona la localización e identificación plena del predio.
''Para la inscripción de la declaratoria de fábrica y demolición total tramitadas conforme a la Ley N° 29090, no se requiere exigir que el interesado adjunte el plano de ubicación de la demolición, cuando ha cumplido con presentar el plano de ubicación de la declaratoria de fábrica, porque al tratarse de una demolición total donde no existen construcciones pendientes, dicho plano proporciona la localización e identificación plena del predio''.
 
Resolución 928-2016-SUNARP-TR-L.


== Tasa registral ==
== Tasa registral ==
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