Diferencia entre revisiones de «Inscripción de disolución de persona jurídica (no societaria)»
Inscripción de disolución de persona jurídica (no societaria) (ver código)
Revisión del 00:34 25 mar 2020
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Línea 11: | Línea 11: | ||
d) El quórum se acreditará ante el Registro a través de constancia, salvo se trate de sesiones de órganos directivos, u otros similares. La constancia será formulada por quien presidió la sesión, por el órgano con facultad legal o estatutaria de convocatoria para la sesión de que se trate, o por el encargado de ejecutarla en caso de convocatoria judicial, con los requisitos y formalidades del artículo 62 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas. | d) El quórum se acreditará ante el Registro a través de constancia, salvo se trate de sesiones de órganos directivos, u otros similares. La constancia será formulada por quien presidió la sesión, por el órgano con facultad legal o estatutaria de convocatoria para la sesión de que se trate, o por el encargado de ejecutarla en caso de convocatoria judicial, con los requisitos y formalidades del artículo 62 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas. | ||
e) Pago de derechos registrales. | e) Pago de los derechos registrales. | ||
f) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | f) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | ||
Línea 43: | Línea 43: | ||
===Para Disolución y liquidación=== | ===Para Disolución y liquidación=== | ||
*Derecho de | *Derecho de calificación: S/ 10.00 | ||
*Derecho de inscripción: S/ 10.00 | *Derecho de inscripción: S/ 10.00 | ||
Línea 51: | Línea 51: | ||
=== Para Nombramiento de liquidador=== | === Para Nombramiento de liquidador=== | ||
*Derecho de | *Derecho de calificación: S/ 15.00 | ||
*Derecho de inscripción: S/ 10.00 | *Derecho de inscripción: S/ 10.00 | ||
Línea 57: | Línea 57: | ||
*Plazo de calificación: 7 días hábiles | *Plazo de calificación: 7 días hábiles | ||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título." | '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título."''' |