Inscripción de disolución y liquidación de sucursal de sociedad extranjera

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La Disolución y Liquidación de Sucursal de Sociedad extranjera puede inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas.

Requisitos para la inscripción

¿Qué documentos se requieren?

Se requiere:

1. Formulario de Solicitud de inscripción de título (de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.

2. Parte notarial de la escritura pública en la que se consigne el acuerdo adoptado por el órgano social competente de la principal y se nombre a los liquidadores de la sucursal con facultades para desempeñar las funciones necesarias para la liquidación.

3. Certificado de vigencia de la persona jurídica extranjera u otro instrumento equivalente expedido por un funcionario o autoridad competente en su país de origen.

Considerar lo señalado en el DL 1232 respecto a la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos, el cual deberá ser efectuada por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario.

Base legal

Art. 404 de la Ley General de Sociedades.

Precedentes de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

Resolución: 2550-2016-SUNARP-TR-L de 16/12/2016

SUCURSAL DE SOCIEDAD CONSTITUIDA EN EL EXTRANJERO.

“Las sucursales no tienen denominación propia, pues no son personas jurídicas. Tiene denominación la sociedad principal (matriz). Puede identificarse a una sucursal de sociedad extranjera de manera distinta a su principal, cuando la denominación de la principal no está permitida en el Perú.”

Resolución: 1379-2013-SUNARP-TR-L de 23/08/2013

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA.

“A efectos de inscribir la disolución y liquidación de una sucursal de sociedad extranjera, deberá presentarse escritura pública que contenga el acuerdo de conformidad con el artículo 404 de la Ley General de Sociedades, no siendo requisito que se acrediten las publicaciones a que se refiere el artículo 412 de la citada Ley.”

Tasa registral

  • Por presentación: S/ 10.00
  • Por inscripción: S/ 10.00

Total: S/ 20.00

Plazo de calificación:

7 días hábiles contados a partir del día siguiente de su presentación.

Documentación sujeto a calificación por parte del registrador."