Inscripción de emisión de obligaciones

De wikiregistral

La Emisión de obligaciones puede inscribirse en el Registro de Persona Jurídica.

Requisitos para la inscripción

a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

b) Escritura pública con intervención del representante de los obligacionistas, insertando el acta de la junta de accionistas.

c) Previamente deben inscribirse las garantías susceptibles de registro, con las que se aseguran la emisión, las mismas que deben inscribirse en los Registros respectivos.

d) Pago de derechos registrales.

e) Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.

Base legal

  • Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias.
  • Artículos 304 al 328 de la Ley General de Sociedades Ley N° 26887 (09/12/1997).
  • Artículos 111 al 116 del Reglamento del Registro de Sociedades, aprobado por Resolución N° 200-2001- SUNARP/SN (27/07/2001).
  • Decreto Supremo N° 37-94-JUS (07/07/1994).
  • Artículo 2011 del Código Civil aprobado por Decreto Legislativo 295 (25/07/1984).

Precedentes de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

Sumilla de la Resolución 204-2014-SUNARP-TR-L de 31/01/2014 sobre aporte de capital por bonos de reconstrucción

No es materia de calificación la prescripción de los títulos valores aportados para la constitución de sociedades. La acreditación del aporte mediante títulos valores o documentos de crédito se efectúa con la constancia expedida por el gerente, el administrador o la persona autorizada de haberlos recibido debidamente transferidos o endosados a favor de la sociedad. El aportante queda como obligado solidario.

Tasa registral

  • Derecho de presentación: S/ 10.00
  • Derecho de inscripción: Valor de la emisión X 3/1000
  • Plazo de calificación: 7 días hábiles
"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público."'