Diferencia entre revisiones de «Inscripción de escisión de patrimonio de sociedad»

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Tratándose de la calificación de junta general de accionistas de las sociedades anónimas, no se debe exigir la presentación del libro matrícula de acciones para verificar el quórum de la junta, sino que para ello se debe comparar el número de acciones en que está dividido el capital social inscrito con el número de acciones concurrentes a la junta.
Tratándose de la calificación de junta general de accionistas de las sociedades anónimas, no se debe exigir la presentación del libro matrícula de acciones para verificar el quórum de la junta, sino que para ello se debe comparar el número de acciones en que está dividido el capital social inscrito con el número de acciones concurrentes a la junta.


Pleno II, 29 Y 30 de noviembre de 2002.  
Pleno II, 29 y 30 de noviembre de 2002.  


Resolución que lo sustenta: ''N° 137-2002-ORLC/TRN.''
Resolución que lo sustenta: ''N° 137-2002-ORLC/TRN.''
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