Diferencia entre revisiones de «Inscripción de establecimiento de sucursal de persona jurídica constituida en el Perú»

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Las personas jurídicas no societarias se crean conforme a ley, un(os) establecimiento(s) secundario(s) para desarrollar sus actividades en lugar diferente a su domicilio, logrando así el desarrollo de sus actividades a nivel nacional.
Las personas jurídicas no societarias se crean conforme a ley, un(os) establecimiento(s) secundario(s) para desarrollar sus actividades en lugar diferente a su domicilio, logrando así el desarrollo de sus actividades a nivel nacional.


== Requisitos para la inscripción ==
==Requisitos para la inscripción==


'''¿Qué documentos se requieren?'''
'''¿Qué documentos se requieren?'''
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*Formulario de solicitud de inscripción de título (de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.
*Formulario de solicitud de inscripción de título (de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.


*Copia certificada notarial del acuerdo, salvo que el establecimiento de la sucursal haya sido decidido al constituirse la principal o al modificarse su estatuto, en cuyo caso la sucursal se inscribirá en mérito del título de constitución o modificación, según sea el caso.  
*Copia certificada notarial del acuerdo, salvo que el establecimiento de la sucursal haya sido decidido al constituirse la principal o al modificarse su estatuto, en cuyo caso la sucursal se inscribirá en mérito del título de constitución o modificación, según sea el caso.


Considerar lo señalado en el DL 1232 respecto a la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos, el cual deberá ser efectuada por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario.
Considerar lo señalado en el DL 1232 respecto a la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos, el cual deberá ser efectuada por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario.
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==Base legal==
==Base legal==


* Articulo 398 de la LGS. Artículos 147 y 148 del Reglamento de registro de Sociedades.
* Artículos 508°, 509°, 510°, 511°, 512°, 513°, 514°, 515°, 516°, 517° y 518° Reglamento Consular del Perú Decreto Supremo N° 076-2005-RE 05/10/2005
* Artículos 20 al 24 y 56 al 60 LEY DE LA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Decreto Ley 21621 15/09/1976
* Artículo 2° Reglamento del Traductor Público Juramentado Decreto Supremo N° 126-2003-RE 11/12/2003
* 10 Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994
* Artículos 1° y 3° Resolución Legislativa N° 29445 Convenio del 5 de octubre de 1961 que suprime la exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros Otros N° 29445 20/11/2009
* Artículo 15° Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las entidades del gobierno nacional, del gobierno regional o del gobierno local, a través de precisiones de sus competencias, regulaciones y funciones Decreto Legislativo N° 1451 15/09/2018
* Artículos 2° inc. c), 13°,16°,17°, 54°, 55°, 56°, 60°, 61°, 62°, 68°, 69°, 70°, 71°, 72°, 74° y 75° Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas Resolución de Superintendencia N° 038-2013- SUNARP-SN 15/02/2013
* 1, 2, 3 y 10 (modificado por Decreto Legislativo N°1451) Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994


 
==Precedentes de observancia obligatoria==
== Precedentes de observancia obligatoria ==


No se han aprobado precedentes sobre este acto.
No se han aprobado precedentes sobre este acto.
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Jurisprudencia Registral
Jurisprudencia Registral


== Resoluciones del Tribunal Registral ==
==Resoluciones del Tribunal Registral==


'''Resolución: 1544-2017-SUNARP-TR-L de 14/07/2017'''
'''Resolución: 1544-2017-SUNARP-TR-L de 14/07/2017'''
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Monto - S/ 81.00
Monto - S/ 81.00


== Tasa registral ==
==Tasa registral==


'''Por Constitución de Sucursal:'''
'''Por Constitución de Sucursal:'''
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'''Por nombramiento de Representante:'''
'''Por nombramiento de Representante:'''


*Por presentación: S/ 15.00  
*Por presentación: S/ 15.00


*Por inscripción:  S/ 10.00
*Por inscripción:  S/ 10.00
2010

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