Diferencia entre revisiones de «Inscripción de establecimiento de sucursal de persona jurídica constituida en el Perú»
Inscripción de establecimiento de sucursal de persona jurídica constituida en el Perú (ver código)
Revisión del 23:52 18 may 2021
, 18 may 2021→Base legal
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Las personas jurídicas no societarias se crean conforme a ley, un(os) establecimiento(s) secundario(s) para desarrollar sus actividades en lugar diferente a su domicilio, logrando así el desarrollo de sus actividades a nivel nacional. | Las personas jurídicas no societarias se crean conforme a ley, un(os) establecimiento(s) secundario(s) para desarrollar sus actividades en lugar diferente a su domicilio, logrando así el desarrollo de sus actividades a nivel nacional. | ||
== Requisitos para la inscripción == | ==Requisitos para la inscripción== | ||
'''¿Qué documentos se requieren?''' | '''¿Qué documentos se requieren?''' | ||
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*Formulario de solicitud de inscripción de título (de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante. | *Formulario de solicitud de inscripción de título (de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante. | ||
*Copia certificada notarial del acuerdo, salvo que el establecimiento de la sucursal haya sido decidido al constituirse la principal o al modificarse su estatuto, en cuyo caso la sucursal se inscribirá en mérito del título de constitución o modificación, según sea el caso. | *Copia certificada notarial del acuerdo, salvo que el establecimiento de la sucursal haya sido decidido al constituirse la principal o al modificarse su estatuto, en cuyo caso la sucursal se inscribirá en mérito del título de constitución o modificación, según sea el caso. | ||
Considerar lo señalado en el DL 1232 respecto a la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos, el cual deberá ser efectuada por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario. | Considerar lo señalado en el DL 1232 respecto a la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos, el cual deberá ser efectuada por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario. | ||
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==Base legal== | ==Base legal== | ||
* | * Artículos 508°, 509°, 510°, 511°, 512°, 513°, 514°, 515°, 516°, 517° y 518° Reglamento Consular del Perú Decreto Supremo N° 076-2005-RE 05/10/2005 | ||
* | * Artículo 2° Reglamento del Traductor Público Juramentado Decreto Supremo N° 126-2003-RE 11/12/2003 | ||
* | * Artículos 1° y 3° Resolución Legislativa N° 29445 Convenio del 5 de octubre de 1961 que suprime la exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros Otros N° 29445 20/11/2009 | ||
* Artículo 15° Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las entidades del gobierno nacional, del gobierno regional o del gobierno local, a través de precisiones de sus competencias, regulaciones y funciones Decreto Legislativo N° 1451 15/09/2018 | |||
* Artículos 2° inc. c), 13°,16°,17°, 54°, 55°, 56°, 60°, 61°, 62°, 68°, 69°, 70°, 71°, 72°, 74° y 75° Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas Resolución de Superintendencia N° 038-2013- SUNARP-SN 15/02/2013 | |||
* 1, 2, 3 y 10 (modificado por Decreto Legislativo N°1451) Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994 | |||
==Precedentes de observancia obligatoria== | |||
== Precedentes de observancia obligatoria == | |||
No se han aprobado precedentes sobre este acto. | No se han aprobado precedentes sobre este acto. | ||
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Jurisprudencia Registral | Jurisprudencia Registral | ||
== Resoluciones del Tribunal Registral == | ==Resoluciones del Tribunal Registral== | ||
'''Resolución: 1544-2017-SUNARP-TR-L de 14/07/2017''' | '''Resolución: 1544-2017-SUNARP-TR-L de 14/07/2017''' | ||
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Monto - S/ 81.00 | Monto - S/ 81.00 | ||
== Tasa registral == | ==Tasa registral== | ||
'''Por Constitución de Sucursal:''' | '''Por Constitución de Sucursal:''' | ||
Línea 69: | Línea 71: | ||
'''Por nombramiento de Representante:''' | '''Por nombramiento de Representante:''' | ||
*Por presentación: S/ 15.00 | *Por presentación: S/ 15.00 | ||
*Por inscripción: S/ 10.00 | *Por inscripción: S/ 10.00 |