Diferencia entre revisiones de «Inscripción de extinción de hipoteca con título de crédito hipotecario negociable por venta judicial o extrajudicial»
Inscripción de extinción de hipoteca con título de crédito hipotecario negociable por venta judicial o extrajudicial (ver código)
Revisión del 23:45 27 abr 2020
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La cancelación de una garantía hipotecaria constituida con [[Título de crédito negociable (TCHN)]], en virtud a mandato judicial como consecuencia de la ejecución de la garantía y venta del [[Predio]] de inscribirse en el [[Registro de Propiedad Inmueble]]. | La cancelación de una garantía hipotecaria constituida con [[Título de crédito hipotecario negociable (TCHN)]], en virtud a mandato judicial como consecuencia de la ejecución de la garantía y venta del [[Predio]] de inscribirse en el [[Registro de Propiedad Inmueble]]. | ||
En el caso de cancelación de la hipoteca como consecuencia de la ejecución y venta extrajudicial del bien hipotecado, procede siempre que se encuentre establecido expresamente en el Título de Crédito Negociable, al mejor postor, no pudiendo ser el precio inferior al 75% de la valorización del inmueble señalado. Además, la venta debe encargarse a una empresa distinta al ejecutante. | En el caso de cancelación de la hipoteca como consecuencia de la ejecución y venta extrajudicial del bien hipotecado, procede siempre que se encuentre establecido expresamente en el Título de Crédito Negociable, al mejor postor, no pudiendo ser el precio inferior al 75% de la valorización del inmueble señalado. Además, la venta debe encargarse a una empresa distinta al ejecutante. |