Diferencia entre revisiones de «Inscripción de inhabilitación»

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==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==


'''¿Qué documentos debe presentar para solicitar la inscripción?'''
a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.


a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. (Solicitarlo en cualquier oficina de Sunarp.)
b)Parte Judicial que debe contener el oficio del Juez y copias de la resolución que ampara la demanda o sentencia penal y de la resolución que declara consentida o ejecutoriada la misma. Las copias deben estar certificadas por el secretario de juzgado y las resoluciones suscritas por el Juez y el auxiliar jurisdiccional respectivo.


b) Parte Judicial ( Que comprende el oficio del Juez dirigido al Registro Personal de la Sunarp; la resolución judicial de Inhabilitación y la resolución judicial que la declarada consentida).
c)Pago de derechos registrales
 
*Las resoluciones judiciales deben ser presentadas en copias certificadas por el especialista legal del Juzgado.


'''BASE LEGAL'''
==Base legal==


Artículo 36 al 40 del Código Penal.
·Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias.


==Precedentes de observancia obligatoria==
·Artículos 43, 44, 462, 583, 2010, 2011,2030, 2031, 2032 y 2033 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984).


No se han aprobado precedentes sobre este acto.
·Artículos 122, 123, 139 y 148  del TUO del Código Procesal Civil aprobado por R.M. N° 010-93-JUS (23/04/1993).
 
·D.S. N° 37-94-JUS (28/06/1994).
 
·Artículo 77 del Código del Niño y Adolescente (07/08/2000).
 
·Artículo 36 Código Penal aprobado por D.Leg. N° 635 (08/04/1991).


==Resoluciones del Tribunal Registral==
==Resoluciones del Tribunal Registral==

Revisión del 05:46 8 oct 2019

Requisitos para la inscripción

a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

b)Parte Judicial que debe contener el oficio del Juez y copias de la resolución que ampara la demanda o sentencia penal y de la resolución que declara consentida o ejecutoriada la misma. Las copias deben estar certificadas por el secretario de juzgado y las resoluciones suscritas por el Juez y el auxiliar jurisdiccional respectivo.

c)Pago de derechos registrales

Base legal

·Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias.

·Artículos 43, 44, 462, 583, 2010, 2011,2030, 2031, 2032 y 2033 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984).

·Artículos 122, 123, 139 y 148  del TUO del Código Procesal Civil aprobado por R.M. N° 010-93-JUS (23/04/1993).

·D.S. N° 37-94-JUS (28/06/1994).

·Artículo 77 del Código del Niño y Adolescente (07/08/2000).

·Artículo 36 Código Penal aprobado por D.Leg. N° 635 (08/04/1991).

Resoluciones del Tribunal Registral

No existen resoluciones sobre este acto.

Tasas registrales

  • Derecho de presentación: S/ 0.00
  • Derecho de inscripción: S/ 0.00
  • No existen tasas registrales porque quien solicita es el Estado a través de los Juzgados Penales.

Plazo de calificación:

7 días hábiles.

  • Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título."