Diferencia entre revisiones de «Inscripción de modificación de estatuto de la E.I.R.L. - Empresa individual de responsabilidad limitada»

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''Cuando se modifica el artículo del estatuto de una sociedad en el que obraban la denominación y el objeto social, no puede omitirse en el texto modificado la denominación de la sociedad.''
''Cuando se modifica el artículo del estatuto de una sociedad en el que obraban la denominación y el objeto social, no puede omitirse en el texto modificado la denominación de la sociedad.''


== Tasa registral ==
==Tasa Registral==


1. S/ 20.00  
*Derecho de presentación: S/ 10.00


Plazo de calificación: 7 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presentación del titulo.
*Derecho de inscripción: S/ 10.00
 
*Plazo de calificación: 7 días hábiles  
 
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público."''''

Revisión del 17:30 22 oct 2019

La Modificación de estatuto de la Empresa individual de responsabilidad limitada E.I.R.L. puede inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas.

Requisitos para la inscripción

a)Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

b)Escritura pública que contenga la decisión del titular de la empresa de modificación, inserta en el Libro de actas de la empresa.

c)Pago de derechos registrales.

d)Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.

Base legal

  • Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias.
  • Artículos 53 al 60 del D.L. N° 21621 Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (15/09/1976).
  • D.S.  N° 37-94-JUS (07/07/1994).
  • Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984).

Precedentes de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

Sumilla de la Resolución 569-2015-SUNARP-TR-L de 23/03/2015 sobre modificación de estatuto

Cuando se modifica el artículo del estatuto de una sociedad en el que obraban la denominación y el objeto social, no puede omitirse en el texto modificado la denominación de la sociedad.

Tasa Registral

  • Derecho de presentación: S/ 10.00
  • Derecho de inscripción: S/ 10.00
  • Plazo de calificación: 7 días hábiles
"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público."'