Diferencia entre revisiones de «Inscripción de modificación de estatuto de la E.I.R.L. - Empresa individual de responsabilidad limitada»

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a)Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.


b)Escritura pública que contenga la decisión del titular de la empresa de modificación, inserta en el Libro de actas de la empresa.
b) Parte notarial de la escritura pública donde comparezca el titular, conteniendo inserta el acta de decisión del titular de modificar el estatuto, así como el texto del artículo modificado.


c)Pago de derechos registrales.
c) Pago de los derechos registrales.


d)Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.
d) Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.


==Tener en cuenta ==
Conforme a la sétima disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo Nº 1049 y sus modificatorias, la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos deberá ser efectuadas por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario.
== Base legal ==
== Base legal ==


* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias.
* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias.


* Artículos 53 al 60 del D.L. N° 21621 Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (15/09/1976).
* Artículos 53 al 60 del D.L. N° 21621 Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (15/09/1976).
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*Derecho de inscripción: S/ 10.00
*Derecho de inscripción: S/ 10.00


*Plazo de calificación: 7 días hábiles  
*Plazo de calificación: 7 días hábiles  


  '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público."''''
  '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''

Revisión del 23:25 25 mar 2020

La Modificación de estatuto de la Empresa individual de responsabilidad limitada E.I.R.L. puede inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas.

Requisitos para la inscripción

a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.

b) Parte notarial de la escritura pública donde comparezca el titular, conteniendo inserta el acta de decisión del titular de modificar el estatuto, así como el texto del artículo modificado.

c) Pago de los derechos registrales.

d) Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.

Tener en cuenta

Conforme a la sétima disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo Nº 1049 y sus modificatorias, la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos deberá ser efectuadas por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario.

Base legal

  • Artículos 53 al 60 del D.L. N° 21621 Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (15/09/1976).
  • D.S.  N° 37-94-JUS (07/07/1994).
  • Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984).

Precedentes de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

Sumilla de la Resolución 569-2015-SUNARP-TR-L de 23/03/2015 sobre modificación de estatuto

Cuando se modifica el artículo del estatuto de una sociedad en el que obraban la denominación y el objeto social, no puede omitirse en el texto modificado la denominación de la sociedad.

Tasa Registral

  • Derecho de presentación: S/ 10.00
  • Derecho de inscripción: S/ 10.00


  • Plazo de calificación: 7 días hábiles
"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".