Anónimo

Diferencia entre revisiones de «Inscripción de nulidad, anulabilidad y demás mandatos judiciales relativos a disposiciones testamentarias»

De wikiregistral
sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor-wikitext
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor-wikitext
 
(No se muestra una edición intermedia del mismo usuario)
Línea 3: Línea 3:
==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==


a)Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.


b)Parte Judicial que debe contener el oficio del juez y copias certificadas de la resolución que declara la nulidad, falsedad o caducidad del testamento, de la que declara consentida o ejecutoriada la misma. Las copias deben estar certificadas por el secretario de Juzgado y las resoluciones suscritas por el Juez y el auxiliar jurisdiccional respectivo.
b) Parte Judicial que debe contener el oficio del juez y copias certificadas de la resolución que declara la nulidad, falsedad o caducidad del testamento, de la que declara consentida o ejecutoriada la misma. Las copias deben estar certificadas por el secretario de Juzgado y las resoluciones suscritas por el Juez y el auxiliar jurisdiccional respectivo.


c)La nulidad, anulabilidad o caducidad de los testamentos requieren la previa inscripción de los mismos.
c) La nulidad, anulabilidad o caducidad de los testamentos requieren la previa inscripción de los mismos.


d)Pago de derechos registrales.
d) Pago de los derechos registrales.


== ¿Qué deberá tenerse en cuenta para la inscripción? ==  
== ¿Qué deberá tenerse en cuenta para la inscripción? ==  
Línea 17: Línea 17:
== Base legal==
== Base legal==


* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN(18/05/2012).
* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias.


* Artículos 219, 221, 808 al 814, 2010, 2011, 2015, 2039 y 2040 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984).
* Artículos 219, 221, 808 al 814, 2010, 2011, 2015, 2039 y 2040 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984).
571

ediciones