Diferencia entre revisiones de «Inscripción de numeración de predio»

sin resumen de edición
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor-wikitext
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor-wikitext
Línea 5: Línea 5:
a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.


b)Resolución o certificado de nomenclatura o de numeración expedido por la municipalidad distrital respectiva.
b)Resolución o certificado de numeración expedido por la municipalidad distrital donde se encuentre ubicado el inmueble o por la municipalidad provincial en el ámbito del cercado.


c)Pago de derechos registrales.
c)Pago de derechos registrales.


   
   
== Base legal==
== Base legal==


Línea 48: Línea 47:
====Sumilla de la Resolución 1286-2008- SUNARP-TR-L sobre numeración====
====Sumilla de la Resolución 1286-2008- SUNARP-TR-L sobre numeración====
   
   
''No es obstáculo para inscribir la numeración de un predio el que en el documento administrativo se consigne como titular al anterior propietario.''
''No es obstáculo para inscribir la numeración de un predio, el que en el documento administrativo se consigne como titular al anterior propietario.''


== Tasa registral ==
== Tasa registral ==


*Derecho de Presentación: S/ 32.00
*Derecho de Presentación: S/ 33.00
*Derecho de inscripción: S/ 8.00
*Derecho de inscripción: S/ 8.00
Los derechos registrales están en función a cada acto.
Los derechos registrales están en función a cada acto.
*Plazo de calificación: 48 horas.
*Plazo de calificación: 48 horas cuando se trata de un solo predio. En su defecto se aplica el plazo regular de 7 días.
 
 
 
.
    
    
  '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".'''''
  '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".'''''
2010

ediciones