Diferencia entre revisiones de «Inscripción de poder otorgado en el extranjero - Persona Jurídica en el extranjero - Persona jurídica societaria»

sin resumen de edición
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor-wikitext
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor
Línea 26: Línea 26:


*Pago de la tasa registral.
*Pago de la tasa registral.
*1.- Traducción oficial o apostilla de los requisitos precedentes.  
*1.- Traducción oficial o apostilla de los requisitos precedentes.
*2.- Formato debidamente llenado y suscrito.  
*2.- Formato debidamente llenado y suscrito.
*3.- Certificado de vigencia de la persona jurídica extranjera u otro instrumento equivalente expedido por un funcionario o autoridad competente en su país de origen.  
*3.- Certificado de vigencia de la persona jurídica extranjera u otro instrumento equivalente expedido por un funcionario o autoridad competente en su país de origen.
*4.- Acreditar que el otorgante del poder se encuentra facultado, mediante la presentación de alguno de los siguientes instrumentos: a) Constancia expedida por un representante legal de la persona jurídica extranjera que cumpla las funciones de fedatario o su equivalente; o b) Certificación de la autoridad o funcionario extranjero competente, de acuerdo con las leyes del país en que fue constituida la persona jurídica; o c) Otro instrumento con validez jurídica, que acredite la facultad del otorgante.  
*4.- Acreditar que el otorgante del poder se encuentra facultado, mediante la presentación de alguno de los siguientes instrumentos: a) Constancia expedida por un representante legal de la persona jurídica extranjera que cumpla las funciones de fedatario o su equivalente; o b) Certificación de la autoridad o funcionario extranjero competente, de acuerdo con las leyes del país en que fue constituida la persona jurídica; o c) Otro instrumento con validez jurídica, que acredite la facultad del otorgante.
*5.- Parte Notarial o Instrumento Público otorgado en el extranjero en idioma español conforme a las normas del derecho internacional privado.  
*5.- Parte Notarial o Instrumento Público otorgado en el extranjero en idioma español conforme a las normas del derecho internacional privado.
*Notas:  
*Notas:
*1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno.
*1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno.


Línea 41: Línea 41:


==Base Legal==
==Base Legal==
1. Art. 2025 y 2028 del Código Civil.
 
2. Art. 14 Ley 26887. Ley General de Sociedades.
* Art. 2025 y 2028 del Código Civil.
Artículos 2013° y 2029° Código Civil Decreto Legislativo N° 295 24/07/1984 Artículo Único Resolución Legislativa Nº 29445, Resolución Legislativa que aprueba el Convenio suprimiendo la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros Otros Nº 29445 20/11/2009 1, 2, 3 y 10 (modificado por Decreto Legislativo N°1451) Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994 Artículos 1°, 2° y 24° Reglamento de Traductores Públicos Juramentados Decreto Supremo Nº 126-2003-RE 12/11/2003
 
* Art. 14 Ley 26887. Ley General de Sociedades.
 
* Artículos 2013° y 2029° Código Civil Decreto Legislativo N° 295 24/07/1984  
* Artículo Único Resolución Legislativa Nº 29445, Resolución Legislativa que aprueba el Convenio suprimiendo la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros Otros Nº 29445 20/11/2009  
* 1, 2, 3 y 10 (modificado por Decreto Legislativo N°1451) Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994  
* Artículos 1°, 2° y 24° Reglamento de Traductores Públicos Juramentados Decreto Supremo Nº 126-2003-RE 12/11/2003


==Precedentes de observancia obligatoria==
==Precedentes de observancia obligatoria==
2010

ediciones