Diferencia entre revisiones de «Inscripción de remoción y nombramiento de gerente de E.I.R.L. - Empresa individual de responsabilidad limitada»

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d) Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.
d) Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.


==Tener en cuenta ==
==Tener en cuenta==
Conforme a la sétima disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo Nº 1049 y sus modificatorias, la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos deberá ser efectuadas por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario.
Conforme a la sétima disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo Nº 1049 y sus modificatorias, la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos deberá ser efectuadas por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario.


== Base legal ==
==Base legal==


* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias.
*Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias.


* Artículos 16, 40, 44, 45, 46 y 82 del D.L. N° 21621 Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (15/09/1976).
*Artículos 16, 40, 44, 45, 46 y 82 del D.L. N° 21621 Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (15/09/1976).


* D.S. N° 37-94-JUS (07/07/1994).
*D.S. N° 37-94-JUS (07/07/1994).


* Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984).
*Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984).


== Precedentes de observancia obligatoria ==
==Precedentes de observancia obligatoria==


No se han aprobado precedentes sobre este acto.
No se han aprobado precedentes sobre este acto.


==Jurisprudencia Registral==
==Jurisprudencia Registral==
=== Resoluciones del Tribunal Registral ===
===Resoluciones del Tribunal Registral===


====Sumilla de la Resolución 804-2012-SUNARP-TR-L de 01/06/2012 sobre facultades de gerente en EIRL====
====Sumilla de la Resolución 804-2012-SUNARP-TR-L de 01/06/2012 sobre facultades de gerente en EIRL====
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===Por nombramiento de gerente===
===Por nombramiento de gerente===
*Derecho de calificación: S/ 15.00


*Derecho de inscripción: S/ 10.00
*Derecho de calificación: S/ 18.00
 
*Derecho de inscripción: S/ 12.00


===Por remoción de gerente===
===Por remoción de gerente===
*Derecho de calificación: S/ 10.00


*Derecho de inscripción: S/ 10.00
*Derecho de calificación: S/ 12.00
 
*Derecho de inscripción: S/ 12.00


==Plazo de calificación==
==Plazo de calificación==
72 horas (no incluye sábados, domingos ni feriados) conforme a la Resolución N° 320-2010-SUNARP/SN.
72 horas (no incluye sábados, domingos ni feriados) conforme a la Resolución N° 320-2010-SUNARP/SN y sus modificaciones.


  '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''
  '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''
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