Diferencia entre revisiones de «Inscripción de renuncia de herencia»

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==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==


a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.
a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.


b) El parte notarial de la escritura pública que contiene la declaración de voluntad del interesado que formula la renuncia a la herencia.
b) Instrumento Público en la que conste la Renuncia otorgada por los herederos renunciantes o en mérito al título archivado que dio mérito a la inscripción de la renuncia de herencia en el Registro de Sucesiones correspondiente.


c) Pago de los derechos registrales.
c) Pago de los derechos registrales.


d) Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.
d) Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.
*Para la inscripción de la renuncia de herencia en el Registro de Sucesión Intestada, se requiere la previa inscripción de la sucesión intestada.


==¿Qué deberá tenerse en cuenta para la inscripción?==
==¿Qué deberá tenerse en cuenta para la inscripción?==
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==Base legal==
==Base legal==


*Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012).
*Artículos 304, 673, 674, 675, 676, 677 y 679 del Código Civil, aprobado por Decreto Legislativo N° 295 (28/07/1984).
 
* Artículos 1, 2, 3 y 10 de la Ley que Crea el Sistema Nacional y la Superintendencia de los Registros Públicos modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451, aprobado por Ley 26366 (16/10/1994).
*Artículos 304, 674, 675, 677, 678 2010, 2011, 2041, 2042 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984).
 
*D.S. N° 037-94-JUS (28/06/1994).
 
*Artículos 19 y 33 del Reglamento de Inscripciones de los Registros de Testamentos y Sucesiones Intestadas aprobado por Resolución 156-2012-SUNARP/SN (19/06/2012).


*Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final Decreto Legislativo Del Notariado aprobado por D.Leg. 1049. (26/06/2008).
* Artículo 106 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por [[Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN|Resolución de Superintendencia N° 097-2013-SUNARP/SN]] (04/05/2013).
* Artículo 19 y 33 del Reglamento de Inscripciones de los Registros de Testamentos y Sucesiones Intestadas, aprobado por [[Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN|Resolución de Superintendencia 156-2012-SUNARP/SN]] (20/07/2012).


==Precedentes de observancia obligatoria==
==Precedentes de observancia obligatoria==
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*Derecho de inscripción: S/ 10.00
*Derecho de inscripción: S/ 10.00


* Total: S/ 20.00 soles
*Total: S/ 20.00 soles


==Plazo de calificación==
==Plazo de calificación==
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