Diferencia entre revisiones de «Inscripción de reorganización simple»
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No se han aprobado precedentes sobre este acto. | No se han aprobado precedentes sobre este acto. | ||
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== Resoluciones del Tribunal Registral == | ==Resoluciones del Tribunal Registral== | ||
No se han aprobado resoluciones sobre este acto. | No se han aprobado resoluciones sobre este acto. | ||
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*Por presentación: S/ | *Por presentación: S/ 12.00 | ||
*Por inscripción: S/ | *Por inscripción: S/ 12.00 | ||
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Revisión actual - 02:59 1 feb 2023
La Reorganización simple puede inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas.
Requisitos para la inscripción
¿Qué documentos se requieren?
Se requiere:
1. Formulario de solicitud de inscripción de título (de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.
2. Parte notarial de Escritura Pública que contenga el acuerdo de reorganización, con las formalidades de convocatoria, quórum y adopción de acuerdos previstos en los estatutos y la ley. Considerar lo señalado en el DL 1232 respecto a la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos, el cual deberá ser efectuada por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario.
Base legal
Art. 391 de la Ley General de Sociedades (Ley 26887).
Arts. 95, 96, 97 y 131 del Reglamento del Registro de Sociedades (Resolución 200-2001-SUNARP-SN).
Precedentes de observancia obligatoria
No se han aprobado precedentes sobre este acto.
Jurisprudencia Registral
Resoluciones del Tribunal Registral
No se han aprobado resoluciones sobre este acto.
Tasa registral
- Por presentación: S/ 12.00
- Por inscripción: S/ 12.00
Total: S/. 24.00
Plazo de calificación:
7 días hábiles contados a partir del día siguiente de su presentación.
Documentación sujeto a calificación por parte del registrador."