Diferencia entre revisiones de «Inscripción de restricciones a la capacidad de ejercicio, designación o determinación de apoyos y actos vinculados»

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Se dota de publicidad registral al representante legal de: menores de edad, personas con capacidad restringida o discapacitados, a fin que sean asistidos en actos relacionados a su persona y/o bienes . Así se inscriben los actos de: 1) Designación o determinación de apoyos, salvaguardias y sus modificaciones. 2) Nombramiento o designación de tutor, 3) nombramiento de curador, 4) Discernimiento de los cargos de tutor o curador, 5) Cese del cargo de tutor o curador, 6) Declaración de interdicción civil o inhabilitación y sus modificaciones, 7) Sentencias que impongan pérdida de la patria potestad, 8) Declaraciones de desaparición, ausencia, ausencia por desaparición forzada, muerte presunta, así como sus modificaciones y/o reconocimiento de existencia, 9) Levantamiento de la interdicción y rehabilitación.
Se dota de publicidad registral al representante legal de: menores de edad, personas con capacidad restringida o discapacitados, a fin que sean asistidos en actos relacionados a su persona y/o bienes .  
 
Así se inscriben los actos de:  
 
1) Designación o determinación de apoyos, salvaguardias y sus modificaciones.  
 
2) Nombramiento o designación de tutor,  
 
3) nombramiento de curador,  
 
4) Discernimiento de los cargos de tutor o curador,  
 
5) Cese del cargo de tutor o curador,  
 
6) Declaración de interdicción civil o inhabilitación y sus modificaciones,  
 
7) Sentencias que impongan pérdida de la patria potestad, 8) Declaraciones de desaparición, ausencia, ausencia por desaparición forzada, muerte presunta, así como sus modificaciones y/o reconocimiento de existencia, 9) Levantamiento de la interdicción y rehabilitación.


==Requisitos==
==Requisitos==
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito 2.- Parte notarial de la escritura pública o parte judicial, según corresponda. El parte judicial debe contener el oficio del Juez y las copias de la resolución que ampara la demanda y de la resolución que declara consentida o ejecutoriada la misma. Las copias deben estar certificadas por el secretario de juzgado y las resoluciones suscritas por el Juez y el auxiliar jurisdiccional respectivo. Notas: 1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno.
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito  
 
2.- Parte notarial de la escritura pública o parte judicial, según corresponda. El parte judicial debe contener el oficio del Juez y las copias de la resolución que ampara la demanda y de la resolución que declara consentida o ejecutoriada la misma. Las copias deben estar certificadas por el secretario de juzgado y las resoluciones suscritas por el Juez y el auxiliar jurisdiccional respectivo.  
 
Notas:  
 
1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno.


==Base Legal==
==Base Legal==
VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020 2 al 46, 502, 503, 504, 508, 512, 549, 550, 564, 565, 567, 568-A, 610, 612, 618, 659-C, 659-D, 659-E, 659-F, 659-G, 2010, 2030, 2031 y 2032 Código Civil Decreto Legislativo 295 25/07/1984 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Ley 26366 14/10/1994
 
* VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020  
* 2 al 46, 502, 503, 504, 508, 512, 549, 550, 564, 565, 567, 568-A, 610, 612, 618, 659-C, 659-D, 659-E, 659-F, 659-G, 2010, 2030, 2031 y 2032 Código Civil Decreto Legislativo 295 25/07/1984  
* 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Ley 26366 14/10/1994


==Pago por derecho de tramitación==
==Pago por derecho de tramitación==

Revisión del 14:41 19 may 2021

Se dota de publicidad registral al representante legal de: menores de edad, personas con capacidad restringida o discapacitados, a fin que sean asistidos en actos relacionados a su persona y/o bienes .

Así se inscriben los actos de:

1) Designación o determinación de apoyos, salvaguardias y sus modificaciones.

2) Nombramiento o designación de tutor,

3) nombramiento de curador,

4) Discernimiento de los cargos de tutor o curador,

5) Cese del cargo de tutor o curador,

6) Declaración de interdicción civil o inhabilitación y sus modificaciones,

7) Sentencias que impongan pérdida de la patria potestad, 8) Declaraciones de desaparición, ausencia, ausencia por desaparición forzada, muerte presunta, así como sus modificaciones y/o reconocimiento de existencia, 9) Levantamiento de la interdicción y rehabilitación.

Requisitos

1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito

2.- Parte notarial de la escritura pública o parte judicial, según corresponda. El parte judicial debe contener el oficio del Juez y las copias de la resolución que ampara la demanda y de la resolución que declara consentida o ejecutoriada la misma. Las copias deben estar certificadas por el secretario de juzgado y las resoluciones suscritas por el Juez y el auxiliar jurisdiccional respectivo.

Notas:

1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno.

Base Legal

  • VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020
  • 2 al 46, 502, 503, 504, 508, 512, 549, 550, 564, 565, 567, 568-A, 610, 612, 618, 659-C, 659-D, 659-E, 659-F, 659-G, 2010, 2030, 2031 y 2032 Código Civil Decreto Legislativo 295 25/07/1984
  • 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Ley 26366 14/10/1994

Pago por derecho de tramitación

Monto - S/ 164.50

Plazo de atención

7 días hábiles