Diferencia entre revisiones de «Inscripción de separación de patrimonios»

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La inscripción de Separación de patrimonio pues inscribirse en el Registro de Personas Naturales.  
La inscripción de Separación de patrimonio pues inscribirse en el Registro de Personas Naturales.  
Antes de la celebración del matrimonio, los futuros cónyuges pueden optar por el régimen de sociedad de gananciales o por el de separación de patrimonios; o durante la vigencia del matrimonio, los cónyuges pueden sustituir un régimen por otro.
La celebración del matrimonio genera automáticamente el régimen patrimonial denominado sociedad de gananciales, donde coexisten bienes propios de cada cónyuge y bienes de la sociedad conyugal. Mientras que en el otro régimen denominado separación de patrimonios, cada cónyuge conserva la propiedad, administración y disposición de sus bienes, por lo que, no existe patrimonio de la sociedad conyugal.
Para la inscripción del régimen de separación de patrimonios en el Registro Personal, se debe adjuntar parte notarial de Escritura Pública de Separación de Patrimonios.
;Acuerdo aprobado en el 221 Pleno no presencial realizado los días 17 y 18 de diciembre del 2019.-
:SUSTITUCIÓN DE RÉGIMEN PATRIMONIAL EN UNA UNIÓN DE HECHO.- Procede la inscripción de la sustitución de régimen patrimonial de los convivientes integrantes de una unión de hecho debidamente reconocida judicial o notarialmente.
;Resolución Nº2523-2022-SUNARP-TR del 01/07/2022
:ELECCIÓN DEL RÉGIMEN PATRIMONIAL.- Procede la inscripción de la elección de régimen patrimonial de separación de patrimonios de los futuros convivientes, el cual comenzará a regir cuando la unión de hecho se encuentre debidamente reconocida judicial o notarialmente.


== Requisitos para la inscripción ==
== Requisitos para la inscripción ==