Diferencia entre revisiones de «Inscripción de sustitución y exclusión de socio en la sociedad civil»
Inscripción de sustitución y exclusión de socio en la sociedad civil (ver código)
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== Requisitos para la inscripción == | == Requisitos para la inscripción == | ||
a)Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | |||
b)Pago de derechos registrales. | |||
c)La sustitución del socio que deba prestar sus servicios personales a la sociedad, se inscribirá en mérito de escritura pública que contenga el acuerdo de todos los socios, o en la que se inserten los documentos que acrediten el consentimiento de éstos. | |||
d)La exclusión de uno o varios socios se inscribirá en mérito a escritura pública que contenga el acuerdo respectivo. | |||
e)Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | |||
== Base legal == | |||
* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias. | |||
* Artículos 298 y 303 de Ley General de Sociedades Ley 26887 (09/12/1997). | |||
* Artículos 108 y 110 del Reglamento del Registro de Sociedades aprobado por Resolución N° 200-2001- SUNARP/SN (27/07/2001). | |||
* Artículos 2010 y 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984) | |||
* D.S. N° 37-94-JUS (07/07/1994). | |||
== Precedentes de observancia obligatoria == | == Precedentes de observancia obligatoria == |