Diferencia entre revisiones de «Inscripción de transferencia de dominio (Registro de aeronaves)»

sin resumen de edición
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor
 
(No se muestran 2 ediciones intermedias del mismo usuario)
Línea 1: Línea 1:
Las transferencias de aeronaves y motores de aeronaves pueden inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.
Las [[Transferencia de dominio (Registro de Aeronaves)|transferencias de dominio]] de aeronaves y [[Motor de aeronave|motores de aeronaves]] pueden inscribirse en el Registro de Naves y Aeronaves del Registro de Bienes Muebles.


==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==


1.- Formato de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito.
a) Formato de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito.


2.- Parte notarial de la Escritura Pública que contenga el acto inscribible.
b) [[Parte notarial]] de la Escritura Pública que contenga el acto inscribible.
 
Notas:
 
1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno.


==Tener en cuenta==
==Tener en cuenta==
Línea 16: Línea 12:


*Tratándose de personas naturales extranjeras con domicilio en el Perú, además de cumplir con los requisitos arriba señalados, deben presentar certificado domiciliario y copia del carné de extranjería vigente legalizada notarialmente o autenticada por fedatario del Registro.
*Tratándose de personas naturales extranjeras con domicilio en el Perú, además de cumplir con los requisitos arriba señalados, deben presentar certificado domiciliario y copia del carné de extranjería vigente legalizada notarialmente o autenticada por fedatario del Registro.
*La presentación del [[Parte notarial]] en la oficina registral, deberá de ser efectuada por el Notario ante quien se otorgó el instrumento o por sus dependientes acreditados. Excepcionalmente, a solicitud y bajo responsabilidad del interesado, el parte notarial podrá ser presentado y tramitado por persona distinta al notario o sus dependientes. El notario al expedir el parte deberá consignar en estos instrumentos el nombre completo y número de documento de identidad de la persona que se encargará de la presentación y tramitación, además de incorporarlo en el Módulo “Sistema Notario” los datos de la persona (Sétima Disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo 1049, modificado por el Decreto Legislativo 1232).


==Base legal==
==Base legal==


*VII. Disposiciones específicas de la Directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 107-2020-SUNARP-SN (14/08/2020).
*Artículos 2009, 2010, 2011 y 2015 del Código Civil, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 295 (25/07/1984).
*Artículos 2009, 2010, 2011 y 2015 del Código Civil, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 295 (25/07/1984).
*Artículos 45 y 47 de la Ley de Aeronáutica Civil, Ley N° 27261 (10/05/2000).
*Artículos 45 y 47 de la Ley de Aeronáutica Civil, Ley N° 27261 (10/05/2000).
Línea 30: Línea 23:
==Precedente de observancia obligatoria==
==Precedente de observancia obligatoria==


No se han aprobado precedentes sobre este acto.
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.


==Jurisprudencia Registral==
==Jurisprudencia Registral==
Línea 43: Línea 36:
''Son inscribibles en el Registro de Contratos de Utilización de Aeronaves los contratos de arrendamiento y subarrendamiento, así como la cesión del arrendamiento de aeronaves.''
''Son inscribibles en el Registro de Contratos de Utilización de Aeronaves los contratos de arrendamiento y subarrendamiento, así como la cesión del arrendamiento de aeronaves.''


==Tasa registral==
==Tasas registrales==


*Derecho de calificación: S/ 10.00
*Derecho de calificación: S/ 11.00


*Derecho de inscripción: S/ 428.00
*Derecho de inscripción: S/ 438.00


== Plazo de calificación ==
==Plazo de calificación==


* 7 días hábiles.
*7 días hábiles.


   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''
879

ediciones