Diferencia entre revisiones de «Inscripción de transferencia de dominio (Registro de aeronaves)»

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Las transferencias de aeronaves y motores de aeronaves pueden inscribirse en el Registro de Aeronaves del Registro de Propiedad Inmueble.
Las [[Transferencia de dominio (Registro de Aeronaves)|transferencias de dominio]] de aeronaves y [[Motor de aeronave|motores de aeronaves]] pueden inscribirse en el Registro de Naves y Aeronaves del Registro de Bienes Muebles.


==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==
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a) Formato de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito.
a) Formato de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito.


b) Parte notarial de la Escritura Pública que contenga el acto inscribible.
b) [[Parte notarial]] de la Escritura Pública que contenga el acto inscribible.


==Tener en cuenta==
==Tener en cuenta==
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==Base legal==
==Base legal==


*VII Disposición específica de la Directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 107-2020-SUNARP-SN (14/08/2020).
*Artículos 2009, 2010, 2011 y 2015 del Código Civil, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 295 (25/07/1984).
*Artículos 2009, 2010, 2011 y 2015 del Código Civil, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 295 (25/07/1984).
*Artículos 45 y 47 de la Ley de Aeronáutica Civil, Ley N° 27261 (10/05/2000).
*Artículos 45 y 47 de la Ley de Aeronáutica Civil, Ley N° 27261 (10/05/2000).
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