Inscripción de transferencia de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio en el registro de bienes muebles

Una persona natural o jurídica solicita inscribir la prescripción adquisitiva de un bien mueble (aeronaves, buques, embarcaciones pesqueras, naves o vehículos).

Requisitos para la inscripción

a) Parte notarial de la escritura pública o acta notarial que declara la propiedad por prescripción adquisitiva de dominio vehicular, en donde se insertará los avisos, el acta de presencia y demás instrumentos que el solicitante o el Notario consideren necesarios, acompañando el Certificado de no haber sido robado.

b) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

c) Parte judicial que declara la prescripción de dominio de las aeronaves, buques, embarcaciones pesqueras, naves o vehículos, el cual comprende oficio y las copias certificadas de la resolución judicial que declare fundada la prescripción adquisitiva debidamente consentida o ejecutoriada.

d) Pago de los derechos registrales.

Base legal

  • Artículo 952° del Código Civil aprobado por el Decreto Legislativo N° 295 (24/07/1984).
  • Artículos 1°, 2°, 3° y 10° (modificado por Decreto Legislativo N°1451) de la Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional aprobada por Ley 26366 (14/10/1994).
  • Artículos 14°, 15° y 28° inciso b) T.U.O del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por la Resolución de Superintendencia N°126-2012- SUNARP/SN (18/05/2012).
  • Artículo 3° literal g de la Ley que regula el traslado de las inscripciones de vehículos menores y su acervo documentario de las municipalidades a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP aprobada por la Ley N° 28325 (11/08/2004).
  • Artículo 76° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular aprobada por la Resolución de Superintendencia N° 039-2013- SUNARP/SN (15/02/2013).

Precedentes de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

No se ha aprobado Jurisprudencia Registral sobre este acto.

Tasa registral

  • Derecho de calificación: S/ 36.00
  • Derecho de inscripción: 0.26% de UIT

Plazo de calificación

  • 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título).

"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'