Diferencia entre revisiones de «Inscripción de transferencia fiduciaria»

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2.- Parte notarial de la Escritura Publica o si el valor del inmueble no supera las 20 UIT, formulario registral legalizado notarialmente, otorgado por el fideicomitente y fiduciario en la que debe consignarse la clase de fideicomiso que se constituye, la indicación del fideicomitente, del fiduciario y en su caso del fideicomisario.
2.- Parte notarial de la Escritura Publica o si el valor del inmueble no supera las 20 UIT, formulario registral legalizado notarialmente, otorgado por el fideicomitente y fiduciario en la que debe consignarse la clase de fideicomiso que se constituye, la indicación del fideicomitente, del fiduciario y en su caso del fideicomisario.
3.- Pago de las tasas registrales.


==Tener en cuenta para la inscripción==
==Tener en cuenta para la inscripción==
Línea 19: Línea 21:


*Cuando las inscripciones se realicen a mérito a formulario registral, la legalización se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 023-2003-JUS.
*Cuando las inscripciones se realicen a mérito a formulario registral, la legalización se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 023-2003-JUS.
*La presentación del Parte notarial en la oficina registral, deberá de ser efectuada por el Notario ante quien se otorgó el instrumento o por sus dependientes acreditados. Excepcionalmente, a solicitud y bajo responsabilidad del interesado, el parte notarial podrá ser presentado y tramitado por persona distinta al notario o sus dependientes. El notario al expedir el parte deberá consignar en estos instrumentos el nombre completo y número de documento de identidad de la persona que se encargará de la presentación y tramitación, además de incorporarlo en el Módulo “Sistema Notario” los datos de la persona (Sétima Disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo 1049, modificado por el Decreto Legislativo 1232).


==Base legal==
==Base legal==
Línea 31: Línea 31:
==Precedente de observancia obligatoria==
==Precedente de observancia obligatoria==


No se han aprobado precedentes sobre este acto.
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.


==Jurisprudencia Registral==
==Jurisprudencia Registral==
Línea 55: Línea 55:
'''Tasa aplicable al precio valorizado hasta S/ 35 000.00'''
'''Tasa aplicable al precio valorizado hasta S/ 35 000.00'''


*Derecho de Presentación: S/ 35.00
*Derecho de Caificación: S/ 36.00
*Derecho de inscripción: Valor del acto X 1.5/1000
*Derecho de inscripción: Valor del acto X 1.5/1000


'''Tasa aplicable al precio valorizado en más de S/ 35 000.00'''
'''Tasa aplicable al precio valorizado en más de S/ 35 000.00'''


*Derecho de Presentación: S/ 35.00
*Derecho de Caificación: S/ 36.00
*Derecho de inscripción: Valor del acto X 3/1000
*Derecho de inscripción: Valor del acto X 3/1000


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