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Línea 3: | Línea 3: | ||
== Requisitos para la inscripción == | == Requisitos para la inscripción == | ||
a) Formulario de | a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | ||
b) | b)Escritura pública o, si el valor del inmueble no supera las 20 UIT, formulario registral legalizado notarialmente, otorgada por el fideicomitente y fiduciario, en la que debe consignarse la clase de fideicomiso que se constituye, la indicación del fideicomitente, del fiduciario y en su caso, del fideicomisario. | ||
== | c)Pago de derechos registrales. | ||
==¿Qué se deberá tener en cuenta para la inscripción?== | |||
a) Independientemente del instrumento en el que se formalice el fideicomiso, la relación detallada de los bienes comprendidos en él puede consignarse en documento privado con firmas legalizadas. | a) Independientemente del instrumento en el que se formalice el fideicomiso, la relación detallada de los bienes comprendidos en él puede consignarse en documento privado con firmas legalizadas. | ||
Línea 15: | Línea 17: | ||
==Base legal== | ==Base legal== | ||
*Directiva 007-2008-SUNARP/SN aprobada por | * Artículos 12, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012). | ||
* Artículo 7 de la Ley N° 27755 ,Ley que Crea el Registro el Registro de Predios (15/06/2002). | |||
* Artículos 6, 7 y 114 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN (03/05/2013). | |||
* Artículos 241 al 243 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley N° 26702. | |||
* Directiva N° 007-2008-SUNARP/SN aprobada por Resolución N° 316-2008-SUNARP/SN (27/11/2008). | |||
*Artículo | * Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984). | ||
* | * D.S. N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral. | ||
== Precedente de observancia obligatoria == | == Precedente de observancia obligatoria == | ||
Línea 33: | Línea 43: | ||
==Tasa registral== | ==Tasa registral== | ||
'''Tasa aplicable al precio valorizado hasta S/ 35 000.00''' | |||
*Derecho de Presentación: S/ 34.00 | * Derecho de Presentación: S/ 34.00 | ||
*Derecho de inscripción: Valor del acto X 1.5/1000 | * Derecho de inscripción: Valor del acto X 1.5/1000 | ||
*Plazo de calificación: 7 días hábiles | * Plazo de calificación: 7 días hábiles | ||
'''Tasa aplicable al precio valorizado en más de S/ 35 000.00''' | |||
*Derecho de Presentación: S/ 34.00 | * Derecho de Presentación: S/ 34.00 | ||
*Derecho de inscripción: Valor del acto X 3/1000 | * Derecho de inscripción: Valor del acto X 3/1000 | ||
*Plazo de calificación: 7 días hábiles | * Plazo de calificación: 7 días hábiles | ||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".''''' | '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".''''' |