Diferencia entre revisiones de «Inscripción de transferencia por cláusula resolutoria expresa de propiedad vehicular»

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La inscripción de transferencia por cláusula resolutoria expresa de propiedad vehicular puede inscribirse en el Registro de Propiedad Mueble.
La inscripción de transferencia por [[Cláusula resolutoria expresa]] de propiedad vehicular puede inscribirse en el Registro de Propiedad Mueble.




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a) Formato de solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (Notario o dependiente notarial). Recabarlo en la oficina registral.
a) Formato de Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (Notario o dependiente notarial). Recabarlo en la oficina registral.


   
   


b) Presentación de acta notarial de transferencia con pacto de reserva de propiedad.
b) Acta notarial de transferencia por cláusula resolutoria expresa, otorgada por la parte que goza del derecho a resolver el contrato, en el que se indique con toda precisión la prestación incumplida.


   
   


c) Para la inscripción de la transferencia de propiedad después de realizado el pago total del precio, se adjuntará el acta de transferencia notarial otorgada por el vendedor del vehículo declarando la cancelación total del pago del vehículo.
c) Carta notarial u otra comunicación indubitable cursada al deudor en el sentido que quiera valerse de la cláusula resolutoria, salvo que se encuentra inserta en el acta notarial.


   
   
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'''Efectos del pacto de reserva de Propiedad'''
'''CLAUSULA RESOLUTORIA EXPRESA'''


   
   


“La inscripción del contrato de compraventa con pacto de reserva de propiedad, no impide la inscripción de transferencias ni de otros actos posteriores, pero otorga prevalencia, a quien hubiere inscrito el pacto a su favor”
"La cláusula resolutoria expresa constituye uno de los mecanismos de resolución de contrato sin necesidad de intervención del Poder Judicial, en razón que para que el contrato quede resuelto basta que se haya incumplido con la prestación señalada en la cláusula expresa pactada por los contratantes, conforme a lo establecido en el artículo 1430 del Código Civil. Sin embargo, para que surta efectos se necesita que el contratante interesado haga uso de la misma, comunicándolo a la parte infiel".


   
   


Resolución del Tribunal Registral N° 1679-2016-SUNARP-TR-L
Resolución de Tribunal Registral N° 1224-2013-SUNARP-TR-L


   
   


'''Compraventa con Reserva de propiedad'''
'''CLAUSULA RESOLUTORIA EXPRESA'''


   
   


“Cuando aún no ha operado la transferencia de dominio del bien como consecuencia de haberse pactado en el contrato de compraventa un pacto de reserva de propiedad, corresponde la inscripción de dicho pacto de reserva de propiedad en el rubro de cargas y gravámenes”
"Si la cláusula resolutoria de un contrato de compra venta, establece que el otorgamiento de la respectiva escritura pública se efectuará una vez cumplidas las prestaciones establecidas en la misma y ésta es otorgada por las partes contratantes, ya no cabría invocar la resolución al amparo de la citada cláusula por cuanto las obligaciones ya se habrían cumplido, por tanto, la relación jurídica concluido".


   
   


Resolución del Tribunal Registral N° 1226-2015-SUNARP-TR-L
Resolución del Tribunal Registral N° 576-2012-SUNARP-TR-L.


   
   
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'''Pacto de Reserva de propiedad:'''
'''A) Para la inscripción de la transferencia de dominio por cláusula resolutoria se debe abonar:'''


   
   


*Derecho de presentación: S/ 10.00
*Derecho de presentación: S/21.00


   
   


*Derecho de inscripción: S/ 10.00
*Derecho de inscripción: S/54.00


   
   


'''Transferencia de propiedad por la cancelación total del precio:'''
*Derecho por la anotación de la cláusula resolutoria en el rubro de cargas y gravámenes, corresponde a un monto invalorado: S/20.00
 
 
'''B) Para la inscripción de la transferencia de propiedad a favor del enajenante (uso de la cláusula):'''


   
   
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*Derecho de Inscripción: S/ 54.00
*Derecho de inscripción: S/ 54.00


   
   
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7 días hábiles (sujeto a complejidad del título).
7 días hábiles (sujeto a complejidad del título)


   
   


*Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título."
*Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título."
2010

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