Diferencia entre revisiones de «Inscripción del saneamiento del derecho de propiedad de bien mueble»

De wikiregistral
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor-wikitext
Línea 12: Línea 12:
5)Saneamiento del derecho de propiedad sobre un vehículo.
5)Saneamiento del derecho de propiedad sobre un vehículo.


<br />
==Requisitos==
1.- Formulario de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito.
2.- Original de la publicación del aviso que contenga un resumen de la solicitud de saneamiento de tracto interrumpido en el diario oficial El Peruano.
Notas:
1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno.
==Pago por derecho de tramitación==
Monto - S/ 75.50
==Plazo de atención==
7 días hábiles
==Base legal==
Articulo VII de las Disposiciones Específicas de la Resolución de Superintendente Nacional por Resolución de Dirección Ejecutiva N°107 (14/08/2020)

Revisión del 00:19 18 may 2021

Una persona natural o jurídica solicita la inscripción definitiva de su derecho de propiedad sobre un bien mueble (aeronaves, buques, embarcaciones pesqueras, naves o vehículos) cuya adquisición no proviene directamente del titular registral. Antes de iniciar este procedimiento, se requiere la anotación preventiva en la partida registral del bien. Actos:

1)Saneamiento del derecho de propiedad sobre una aeronave.

2)Saneamiento del derecho de propiedad sobre un buque.

3)Saneamiento del derecho de propiedad sobre una embarcación pesquera.

4)Saneamiento del derecho de propiedad sobre una nave.

5)Saneamiento del derecho de propiedad sobre un vehículo.

Requisitos

1.- Formulario de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito. 2.- Original de la publicación del aviso que contenga un resumen de la solicitud de saneamiento de tracto interrumpido en el diario oficial El Peruano. Notas: 1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno.

Pago por derecho de tramitación

Monto - S/ 75.50

Plazo de atención

7 días hábiles

Base legal

Articulo VII de las Disposiciones Específicas de la Resolución de Superintendente Nacional por Resolución de Dirección Ejecutiva N°107 (14/08/2020)