→Tasa registral
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El [[Levantamiento]] de [[Anotación de robo]] | El [[Levantamiento]] de [[Anotación de robo]] de vehículo se inscribe en el Registro de Propiedad Vehicular. | ||
== Requisitos para la inscripción == | == Requisitos para la inscripción == | ||
a)Formulario de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito por el presentante. | a) Formulario de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito por el presentante. | ||
b)Boletín o certificado de vehículo recuperado que expida la Policía Nacional del Perú. | b) Boletín o certificado de vehículo recuperado que expida la Policía Nacional del Perú. | ||
c)Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | c) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | ||
d)Los derechos registrales por la anotación de robo serán pagados adicionalmente al anotarse la respectiva solicitud de cancelación de dicho asiento. | d) Los derechos registrales por la anotación de robo serán pagados adicionalmente al anotarse la respectiva solicitud de cancelación de dicho asiento. | ||
== Base legal== | == Base legal== | ||
* Título III, artículos 4, 7, 9, 10 | * Título III, artículos 4, 7, 9, 10, 12, 14, 15, 17, 25, 28, 166, 167, 168, 169, 170, 171 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012). | ||
* Artículos: 4,6,7,8,11,13, 99 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular aprobado | * Artículos: 4, 6, 7, 8, 11, 13, 99 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular aprobado por [[Resolución N° 039-2013-SUNARP/SN]] (20/02/2013). | ||
* Título Preliminar, Norma II del | * Título Preliminar, Norma II del Decreto Supremo N° 133-2013-EF aprueba el TUO del Código Tributario. | ||
* | * Resolución N° 268-2019-SUNARP/SN que aprueba la actualización del monto de los derechos registrales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para el año 2020. [https://www.sunarp.gob.pe/normas-resoluciones.asp. Enlace de referencia] | ||
== Precedentes de observancia obligatoria == | == Precedentes de observancia obligatoria == | ||
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==Tasa registral== | ==Tasa registral== | ||
Pago de la tasa registral: S/ 42.00 (S/ 21.00 por la anotación de robo y S/ 21.00 por levantamiento de dicha anotación). | |||
==Plazo de calificación== | |||
48 horas (no incluye sábados, domingos ni feriados). | |||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''' | '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''' |