Diferencia entre revisiones de «Liquidación de la sucursal de persona jurídica constituida y domiciliada en el extranjero»
Liquidación de la sucursal de persona jurídica constituida y domiciliada en el extranjero (ver código)
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La [[Liquidación]] de la [[Sucursal]] de la [[Persona jurídica]] constituida y domiciliada en el extranjero puede inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas. | La [[Liquidación]] de la [[Sucursal]] de la [[Persona jurídica]] constituida y domiciliada en el extranjero puede inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas. | ||
== Requisitos para la inscripción == | |||
a)Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | |||
b)Se inscribirá mediante escritura pública en la que se consigne el acuerdo adoptado por el órgano social competente de la principal y se nombre a los liquidadores de la sucursal con facultades para desempeñar las funciones necesarias para la liquidación. | |||
c)Si el documento fuera otorgado en el extranjero deberá presentarse en idioma español o traducido a éste y legalizado, conforme a las normas sobre la materia. | |||
d)Pago de derechos registrales. | |||
== | e)Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | ||
== Base legal== | |||
* Artículos 11,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias. | |||
* Artículo2 inc f), 76, del Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas aprobado por Resolución N° 038-2013-SUNARP/SN (19/02/2013). | |||
* D.S. N° 37-94-JUS (07/07/1994). | |||
* Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. 295 (25/07/1984). | |||
2. | * Artículo 2 Reglamento del Traductor Público Juramentado aprobado por D.S.N° 126-2003-RE (12/11/2003). | ||
* Convenio Suprimiendo la exigencia de la legalización de los Documentos Públicos Extranjeros aprobado por la Resolución Legislativa N° 29445(20/11/2009). | |||
* Artículos del 508 al 518 del Reglamento Consular del Perú aprobado por el D.S. N° 076-2005-RE (05/10/2005). | |||
== Precedentes de observancia obligatoria == | == Precedentes de observancia obligatoria == |