Publicidad registral masiva en el registro de predios (certificado negativo o positivo)
La solicitud se realiza ante la Ventanilla de Caja, Ventanilla de Publicidad u Oficina de Trámite Documentario de la respectiva Oficina Registral.
Requisitos
- Formato de solicitud de publicidad debidamente llenado y suscrito.
- Oficio de entidad legitimada, acompañada del listado de personas naturales.
- Listado en archivo DBF-CD u otro formato digital aceptado por la Oficina Registral correspondiente.
- Pago de derechos registrales, según corresponda, de acuerdo al número de inmuebles registrados que tenga cada persona natural.
Plazo para resolver
El plazo para resolver es de tres (03) días hábiles.
Tasa
La tasa es de acuerdo a tasas vigentes según tipo de publicidad solicitada, salvo que se encuentre exonerado.
Base Legal
- Directiva N° 06-2005-SUNARP/SN aprobada por Resolución N° 317-2005-SUNARP/SN (21/12/2005).