Diferencia entre revisiones de «Inscripción de resolución de contratos de arrendamiento referidos a predios»
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a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | ||
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b) Parte notarial de la escritura pública que contenga la resolución de acto jurídico; o Formulario registral certificado notarialmente en caso el Predio tenga un valor que no supere las 20 UIT, salvo para los arrendamientos previstos en el Decreto Legislativo N° 1177, en los que basta el acta con firmas certificadas de la resolución por mutuo acuerdo. | b) Parte notarial de la escritura pública que contenga la resolución de acto jurídico; o Formulario registral certificado notarialmente en caso el Predio tenga un valor que no supere las 20 UIT, salvo para los arrendamientos previstos en el Decreto Legislativo N° 1177, en los que basta el acta con firmas certificadas de la resolución por mutuo acuerdo. | ||
c) Pago de Derechos Registrales | c) Pago de Derechos Registrales. | ||
==Base legal== | ==Base legal== | ||
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===Resoluciones del Tribunal Registral=== | ===Resoluciones del Tribunal Registral=== | ||
====Sumilla de la Resolución | ====Sumilla de la Resolución 437-2020-SUNARP-TR-L de 07/02/2020 sobre Resolución de contratos de arrendamiento==== | ||
''Las causales de resolución del contrato no inscritas pero que se encuentran publicitadas en una norma legal que rigió su celebración, son oponibles a los terceros adquirentes y, por tanto, procederá la inscripción de la resolución de dicho contrato'' | ''Las causales de resolución del contrato no inscritas pero que se encuentran publicitadas en una norma legal que rigió su celebración, son oponibles a los terceros adquirentes y, por tanto, procederá la inscripción de la resolución de dicho contrato.'' | ||
==Tasas registrales== | ==Tasas registrales== | ||
== Plazo de calificación == | |||
* 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título). | |||
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'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''' | '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''' |
Revisión del 00:36 18 jun 2021
La resolución de contratos de arrendamiento referidos a predios puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.
Requisitos para la inscripción
a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
b) Parte notarial de la escritura pública que contenga la resolución de acto jurídico; o Formulario registral certificado notarialmente en caso el Predio tenga un valor que no supere las 20 UIT, salvo para los arrendamientos previstos en el Decreto Legislativo N° 1177, en los que basta el acta con firmas certificadas de la resolución por mutuo acuerdo.
c) Pago de Derechos Registrales.
Base legal
- Capitulo VII, A, articulo 27 de la Directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados aprobada Resolución de Superintendencia 107-2020-SUNARP/SN (14/08/2020)
- Artículos 1428°, 1431°, 1440°, 1371°, 2010° y 2011° del Código Civil aprobado por el Decreto Legislativo 295 (28/07/1984)
- Articulo 8 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por la Resolución de Superintendencia 097-2013- SUNARP/SN (04/05/2013)
- Articulo 7 de la Ley que Crea el Registro de Predios aprobada por la Ley 27755 (15/06/2002)
- Articulo 625 del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil 010-93-JUS (22/04/1993)
- Articulo 5°, numeral 5.3 inciso h) de la Directiva que regula los actos inscribibles en el Registro Público de Concesiones aprobada por Resolución de Superintendencia 129-2011- SUNARP/SN (30/07/2004)
- Articulo 10°, modificado por Decreto Legislativo 1451 de la Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional aprobada por la Ley 26366 (16/10/1994)
Precedentes de observancia obligatoria
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.
Jurisprudencia Registral
Resoluciones del Tribunal Registral
Sumilla de la Resolución 437-2020-SUNARP-TR-L de 07/02/2020 sobre Resolución de contratos de arrendamiento
Las causales de resolución del contrato no inscritas pero que se encuentran publicitadas en una norma legal que rigió su celebración, son oponibles a los terceros adquirentes y, por tanto, procederá la inscripción de la resolución de dicho contrato.
Tasas registrales
Plazo de calificación
- 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título).
"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".