Certificado negativo de unión de hecho

De wikiregistral

La solicitud se realiza ante la Ventanilla de Caja, Ventanilla de Publicidad u Oficina de Trámite Documentario de la respectiva Oficina Registral.

El certificado negativo acredita la inexistencia de una inscripción respecto a determinado registro jurídico de la oficina registral correspondiente.

Conforme el inciso d) del artículo 17 del Reglamento de Servicio de Publicidad Registral y artículo 132 del Reglamento General de los Registros Públicos.


Requisitos

  • Formato de solicitud de publicidad debidamente llenado y suscrito.
  • Pago de derechos registrales.

Plazo para resolver

El plazo para resolver es de tres (03) días hábiles.

Tasa

La tasa es del 0.24% de la U.I.T.

Base Legal

  • Artículo 17 inciso d) del Reglamento del Servicio de Publicidad Registral aprobado por Resolución N° 281-2015-SUNARP-SN (03/11/2015).
  • Resolución N° 088-2011-SUNARP/SA (29/11/2011) aprueba Directiva N° 002-2011-SUNARP/SA que establece los Criterios Registrales para la Inscripcion de las Uniones de Hecho, su ceses y otros actos inscribibles directamente vinculados.