Contratos de aeronaves

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Los Contratos de aeronaves, tales como el contrato de arrendamiento de aeronaves, el contrato de transferencia de propiedad con pacto de reserva de propiedad, el contrato de transferencia de propiedad con cláusulas condicionales, el contrato de Intercambio de aeronaves, el contrato de Subarrendamiento de Aeronaves, el contrato de uso de aeronaves, el contrato de usufructo de aeronaves, y otros de utilización, pueden inscribirse en el Registro de Aeronaves del Registro de Propiedad Inmueble.

Requisitos para la inscripción

a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito, incluyendo el pedido de matrícula provisional.

b) Alternativamente, parte Notarial de la escritura pública o del instrumento protocolar correspondiente o, documento privado con firmas certificadas ante notario público o, Formulario de Inscripción de Garantías Mobiliarias con firmas certificadas por notario.

En caso de contratos celebrados en el extranjero, estos deben contener las formalidades establecidas en el país de origen, con la cadena de certificaciones o apostilla respectiva y, de encontrarse en idioma extranjero, la traducción Oficial correspondiente.

En caso de compraventa con reserva de propiedad o condición contractual, parte notarial de escritura pública.

c) Título justificativo de propiedad o documento que acredite que el otorgante está facultado para realizar contratos sobre la aeronave.

d) Tratándose de contratos de subarrendamiento, la autorización para subarrendar otorgada por el propietario de la aeronave, la que puede constar en el contrato de arrendamiento o subarrendamiento.

Si la autorización para subarrendar consta en el contrato de arrendamiento, se acompaña dicho contrato, salvo que esté inscrito en el Registro Público de Aeronaves.

e) Consignar en la documentación presentada el número de la partida registral del Registro de poderes otorgados por sociedades constituidas en el extranjero, en la cual constan las facultades del representante de la vendedora para transferir aeronaves, en caso sea la vendedora persona jurídica extranjera. En caso que no se encuentre inscrito, la documentación requerida para la inscripción del poder establecido en el Reglamento del Registro de Sociedades.

f) Oficio de aprobación por parte de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).

g) Pago de derechos registrales.

Base legal

  • Artículos 32 (inc. 3) y 34 de la Ley de Garantía Mobiliaria, Ley N° 28677.
  • Artículos 4 (incisos a, b, c, e y f), 45, 61, 63, 64, 69, 70, 71 y 72 de la Ley de Aeronáutica Civil, Ley N° 27261.

Precedentes de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

Sumilla de la Resolución 520-2004-SUNARP-TR-L de 03/09/2004 sobre actos inscribibles en el Registro de Contratos de Utilización de Aeronaves

Son inscribibles en el Registro de Contratos de Utilización de Aeronaves los contratos de arrendamiento y subarrendamiento, así como la cesión del arrendamiento de aeronaves.

Tasa registral

  • Derecho de Calificación: S/ 11.00
  • Derecho de inscripción: S/ 438.00

Plazo de calificación

  • 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título).
 "Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".