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Diferencia entre revisiones de «Anotación de demanda»

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Resolución que lo sustenta: ''Nº 713-2005-SUNARP-TR-L'' del 14 de diciembre de 2005.
Resolución que lo sustenta: ''Nº 713-2005-SUNARP-TR-L'' del 14 de diciembre de 2005.


== Resoluciones del Tribunal Registral ==  
==Jurisprudencia Registral==
===Resoluciones del Tribunal Registral===


'''ANOTACIÓN DE DEMANDA DE NULIDAD DE ACTO JURÍDICO'''
====Sumilla de la Resolución 563-2017-SUNARP-TR-L de 3/14/2017 sobre anotación de demanda de nulidad de acto jurídico====


Cuando se solicita la anotación de una demanda de nulidad de acto jurídico, lo que el Registro debe evaluar, según el arto 673 del Código Procesal Civil, es si el acto jurídico objeto de la demanda se encuentra o no inscrito.
Cuando se solicita la anotación de una demanda de nulidad de acto jurídico, lo que el Registro debe evaluar, según el arto 673 del Código Procesal Civil, es si el acto jurídico objeto de la demanda se encuentra o no inscrito.


Res. N° 563-2017-SUNARP-TR-L de 3/14/2017  
====Sumilla de la Resolución 140-2017-SUNARP-TR-L de 1/20/2017 sobre inadecuación de la anotación de demanda con el antecedente regitstral====
 
'''INADECUACIÓN DE LA ANOTACIÓN DE DEMANDA CON EL ANTECEDENTE REGISTRAL'''


Cuando no exista coincidencia entre el titular registral y la parte demandada, y no exista pronunciamiento judicial al respecto, no resulta procedente la anotación de una demanda.
Cuando no exista coincidencia entre el titular registral y la parte demandada, y no exista pronunciamiento judicial al respecto, no resulta procedente la anotación de una demanda.


Res. N° 140-2017-SUNARP-TR-L de 1/20/2017
====Sumilla de la Resolución 2639-2015-SUNARP-TR-L de 12/23/2015 sobre medida cautelar fuera del proceso====
 
'''MEDIDA CAUTELAR FUERA DEL PROCESO'''


Procede la anotación de una medida cautelar fuera de proceso en forma de anotación de demanda, en mérito de parte judicial que contiene la solicitud y la resolución que concede la medida cautelar no siendo necesario que se adjunte la demanda.
Procede la anotación de una medida cautelar fuera de proceso en forma de anotación de demanda, en mérito de parte judicial que contiene la solicitud y la resolución que concede la medida cautelar no siendo necesario que se adjunte la demanda.


Res. N° 2639-2015-SUNARP-TR-L de 12/23/2015
====Sumilla de la Resolución 584-2014-SUNARP-TR-L de 3/26/2014 sobre conversión de anotación de demanda en inscripción defiitiva====
 
'''CONVERSIÓN DE ANOTACIÓN DE DEMANDA EN INSCRIPCIÓN DEFINITIVA'''


La anotación preventiva de demanda de nulidad de acto jurídico se convierte en inscripción definitiva con la inscripción de la sentencia judicial firme que declara fundada dicha demanda, retrotrayendo los efectos de esta a la fecha del asiento de presentación del título relativo a la demanda; enervando los asientos registrales incompatibles extendidos luego de la referida anotación.
La anotación preventiva de demanda de nulidad de acto jurídico se convierte en inscripción definitiva con la inscripción de la sentencia judicial firme que declara fundada dicha demanda, retrotrayendo los efectos de esta a la fecha del asiento de presentación del título relativo a la demanda; enervando los asientos registrales incompatibles extendidos luego de la referida anotación.
Res. N° 584-2014-SUNARP-TR-L de 3/26/2014


== Tasa registral ==
== Tasa registral ==
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