Diferencia entre revisiones de «Inscripción de reconocimiento de unión de hecho»
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Inscripción de reconocimiento de unión de hecho (ver código)
Revisión del 05:51 8 oct 2019
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== Requisitos para la inscripción == | == Requisitos para la inscripción == | ||
a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | |||
b)Parte notarial de la escritura pública o parte Judicial del reconocimiento de unión de hecho que debe contener el oficio del Juez y copias de la resolución que ampara la solicitud y de la resolución que declara consentida o ejecutoriada la misma. | |||
c)En el caso de parte notarial de la escritura pública o parte judicial del reconocimiento de la unión de hecho, se señala la fecha de inicio de la unión de hecho y la fecha del cese de ser el caso | |||
d)De ser parte judicial, las copias deben estar certificadas por el secretario de juzgado y las resoluciones suscritas por el Juez y el auxiliar jurisdiccional respectivo. | |||
e)En el parte notarial o judicial deberá indicarse el documento de identidad de los convivientes. | |||
f)Pago de derechos registrales. | |||
'''¿Qué deberá tener en cuenta?''' | '''¿Qué deberá tener en cuenta?''' | ||
De ser necesario, se solicitará la inscripción de la unión de hecho en el Registro de Predios. | De ser necesario, se solicitará la inscripción de la unión de hecho en el Registro de Predios. | ||
==Base legal== | |||
·Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias. | |||
·Artículos 326, 2010, 2011, 2030, 2031, 2032 y 2033 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984). | |||
·Artículos 122 y 123 del TUO del Código Procesal Civil aprobado por R.M. N° 010-93-JUS (23/04/1993). | |||
·D.S. N° 37-94-JUS (28/06/1994). | |||
·Ley N° 26662, Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos. | |||
·Ley 29560 (16/07/2010). | |||
·Resolución N° 088-2011-SUNARP/SA (29/11/2011). | |||
·Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final Decreto Legislativo Del Notariado aprobado por D.Leg. N° 1049 (26/06/2008). | |||
== Precedente de observancia obligatoria == | == Precedente de observancia obligatoria == |