Diferencia entre revisiones de «Anotación preventiva de solicitud de sucesión intestada»

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e)Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.
e)Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.


==Base legal==
==Base legal==


·Artículos 9, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012).
* Artículos 9, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012).


·Artículos 660, 815, 2010, 2011, 2041, 2042 del Código Civil aprobado por D. Leg N° 295 (25/07/1984)
* Artículos 660, 815, 2010, 2011, 2041, 2042 del Código Civil aprobado por D. Leg N° 295 (25/07/1984)


·Artículos 122, 139, 148, y 833, numeral 2 del TUO del Código Procesal Civil aprobado por R.M N° 010-93-JUS (23/04/1993)
* Artículos 122, 139, 148, y 833, numeral 2 del TUO del Código Procesal Civil aprobado por R.M N° 010-93-JUS (23/04/1993)


·Artículos 3, 39, 40 de la Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos, Ley N° 26662.
* Artículos 3, 39, 40 de la Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos, Ley N° 26662.


·D.S. N° 037-94-JUS (28/06/1994).
* D.S. N° 037-94-JUS (28/06/1994).


·Artículos 28 inc b) y 30 del Reglamento de Inscripciones de los Registros de Testamentos y Sucesiones Intestadas aprobado por Resolución N° 156-2012-SUNARP/SN (19/06/2012).
* Artículos 28 inc b) y 30 del Reglamento de Inscripciones de los Registros de Testamentos y Sucesiones Intestadas aprobado por Resolución N° 156-2012-SUNARP/SN (19/06/2012).


·Resolución N° 320-2010-SUNARP/SN (13/10/2010).
* Resolución N° 320-2010-SUNARP/SN (13/10/2010).


·Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final Decreto Legislativo Del Notariado aprobado por D.Leg.N° 1049. (26/06/2008).
* Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final Decreto Legislativo Del Notariado aprobado por D.Leg.N° 1049. (26/06/2008).


==Precedentes de observancia obligatoria==
==Precedentes de observancia obligatoria==


'''SUCESIÓN INTESTADA NOTARIAL'''
'''SUCESIÓN INTESTADA NOTARIAL'''
“Para la inscripción de la anotación preventiva de sucesión intestada tramitada notarialmente, sólo se exigirá la solicitud del Notario acompañada de una copia legalizada de la solicitud presentada ante él pidiendo la sucesión intestada. Para la inscripción definitiva sólo se exigirá la presentación del parte notarial conteniendo el acta de protocolización”.  
“Para la inscripción de la anotación preventiva de sucesión intestada tramitada notarialmente, sólo se exigirá la solicitud del Notario acompañada de una copia legalizada de la solicitud presentada ante él pidiendo la sucesión intestada. Para la inscripción definitiva sólo se exigirá la presentación del parte notarial conteniendo el acta de protocolización”.  


Línea 52: Línea 50:
==Tasas registrales==
==Tasas registrales==


*Derecho de presentación: S/ 10.00
* Derecho de presentación: S/ 10.00


*Derecho de inscripción: S/ 10.00
* Derecho de inscripción: S/ 10.00


'''Plazo de calificación:'''
'''Plazo de calificación:'''
2010

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