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Diferencia entre revisiones de «Inscripción de sustitución del régimen patrimonial»

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Línea 1: Línea 1:
==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==
a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.


Línea 10: Línea 11:
e)Pago de derechos registrales
e)Pago de derechos registrales


'''¿Qué deberá tener en cuenta?'''
== ¿Qué se deberá tener en cuenta para la inscripción?==


De existir bienes inscritos en el Registro de Predios, se solicitará primero la inscripción en este Registro de la separación de patrimonios.
De existir bienes inscritos en el Registro de Predios, se solicitará primero la inscripción en este Registro de la separación de patrimonios.
Línea 16: Línea 17:
== Base legal==
== Base legal==


·Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias
* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias
 
·Artículos 269, 295, 296, 297, 329, 330, 2010, 2011, 2030, 2031, 2032 y 2033 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984).


·Artículos 122, 123, 139, 148, 190.4 del TUO del Código Procesal Civil aprobado por R.M. N° 010-93-JUS (23/04/1993).
* Artículos 269, 295, 296, 297, 329, 330, 2010, 2011, 2030, 2031, 2032 y 2033 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984).


·Artículos 54, 57 y 59 del Decreto Legislativo Del Notariado aprobado por D.Leg. 1049 (26/06/2008).
* Artículos 122, 123, 139, 148, 190.4 del TUO del Código Procesal Civil aprobado por R.M. N° 010-93-JUS (23/04/1993).


·D.S. N° 37-94-JUS (28/06/1994).
* Artículos 54, 57 y 59 del Decreto Legislativo Del Notariado aprobado por D.Leg. 1049 (26/06/2008).


·Artículo 58 de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Ley 26497.
* D.S. 37-94-JUS (28/06/1994).


·Artículo 64 del Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil aprobado por D.S. Nº 015-98-PCM; 434 del Reglamento Consular D.S. 076-2005-RE (05/10/2005) anexo publicado el 30/10/2005.
* Artículo 58 de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Ley 26497.


·Artículo 2 Reglamento del Traductor Público Juramentado aprobado por D.S. N° 126-2003-RE (12/11/2003).
* Artículo 64 del Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil aprobado por D.S. Nº 015-98-PCM; 434 del Reglamento Consular D.S. N° 076-2005-RE (05/10/2005) anexo publicado el 30/10/2005.


·Convenio suprimiendo la exigencia de la legalización de los Documentos Públicos Extranjeros aprobado por la Resolución Legislativa 29445 (20/11/2009).
* Artículo 2 Reglamento del Traductor Público Juramentado aprobado por D.S. 126-2003-RE (12/11/2003).


·Resolución 320-2010-SUNARP/SN (13/10/2010).
* Convenio suprimiendo la exigencia de la legalización de los Documentos Públicos Extranjeros aprobado por la Resolución Legislativa 29445 (20/11/2009).


·Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final Decreto Legislativo  Del Notariado, aprobado por D.Leg. 1049(26/06/2008).
* Resolución 320-2010-SUNARP/SN (13/10/2010).


* Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final Decreto Legislativo  Del Notariado, aprobado por D.Leg. N° 1049(26/06/2008).


== Precedentes de observancia obligatoria==
No se han aprobado precedentes para este acto.


==Resoluciones del Tribunal Registral==
==Resoluciones del Tribunal Registral==
2010

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