Diferencia entre revisiones de «Inscripción de transferencia por donación de propiedad vehicular»
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Inscripción de transferencia por donación de propiedad vehicular (ver código)
Revisión del 21:33 13 mar 2020
, 13 mar 2020sin resumen de edición
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Línea 5: | Línea 5: | ||
a) Formulario de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito por el presentante. | a) Formulario de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito por el presentante. | ||
b) | b) Acta Notarial de Donación que deberá contener como mínimo: | ||
- Los datos de identificación de los contratantes o sus representantes, así como su estado civil, tipo y número de documento de identidad, cuando corresponda. | - Los datos de identificación de los contratantes o sus representantes, así como su estado civil, tipo y número de documento de identidad, cuando corresponda. | ||
- La Placa Única Nacional de Rodaje del vehículo materia de transferencia, si tuviere; o el número de serie y el número de motor del vehículo. | |||
-La Placa Única Nacional de Rodaje del vehículo materia de transferencia, si tuviere; o el número de serie y el número de motor | |||
- valorización del vehículo y, de ser el caso, las cargas que ha de satisfacer el donatario. | |||
'''REQUISITOS ESPECIALES:''' | '''REQUISITOS ESPECIALES:''' | ||
a | a) En el caso de anticipo de legítima, debe acreditarse la condición de heredero forzoso mediante copia certificada de la partida de nacimiento expedida por funcionario del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil o su inserto en el instrumento notarial que lo contiene. | ||
c) Si opera la revocatoria de la donación, la inscripción de la transferencia se hará en mérito al parte notarial otorgado unilateralmente por el donante, en el que se consignará la respectiva causal, y además, acreditará haberse efectuado la comunicación indubitable. | c) Si opera la revocatoria de la donación, la inscripción de la transferencia se hará en mérito al parte notarial otorgado unilateralmente por el donante, en el que se consignará la respectiva causal, y además, acreditará haberse efectuado la comunicación indubitable. | ||
d) Cuando se genere la asignación de un nuevo | d) Cuando se genere la asignación de un nuevo número de matricula y por ende la entrega de una nueva placa nacional de rodaje, el usuario, en el caso de que el vehículo este destinado a la prestación del servicio de transporte de personas, deberá adjuntar copia certificada del documento que acredite la habilitación del vehículo en el servicio de transporte de personas correspondiente, otorgado por la autoridad competente. De no presentar tal documento, se asignará la placa que corresponda a un vehículo particular. | ||
e) Pago de derechos registrales. | e) Pago de derechos registrales. |