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Diferencia entre revisiones de «Inscripción del reglamento interno de CAFAE- Comité de administración de fondo de asistencia y estímulo»

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EL [[Reglamento Interno]] de [[CAFAE - Comité de administración de fondo de asistencia y estímulo]] puede inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas.  
EL Reglamento Interno de [[CAFAE - Comité de administración de fondo de asistencia y estímulo]] puede inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas.  


== Requisitos para la inscripción ==
==Requisitos para la inscripción==


a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.
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d) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.
d) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.


== Base legal ==
==Base legal==


* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias.
*Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias.


* D.U. N° 088-2001 que establece disposiciones aplicables a los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo de las entidades públicas (22/07/2001).
*D.U. N° 088-2001 que establece disposiciones aplicables a los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo de las entidades públicas (22/07/2001).


* Artículos 5.6 y 5.10 de la Directiva N° 001-2002-SUNARP/SN aprobada por Resolución N° 015-2002-SUNARP/SN (13/01/02).
*Artículos 5.6 y 5.10 de la Directiva N° 001-2002-SUNARP/SN aprobada por Resolución N° 015-2002-SUNARP/SN (13/01/02).


* Decreto Supremo N° 37-94-JUS (07/07/1994).
*Decreto Supremo N° 37-94-JUS (07/07/1994).


* Artículo 2011 del Código Civil aprobado por Decreto Legislativo 295 (25/07/1984).
*Artículo 2011 del Código Civil aprobado por Decreto Legislativo 295 (25/07/1984).


== Precedentes de observancia obligatoria ==
==Precedentes de observancia obligatoria==


No se han aprobado precedentes sobre este acto.
No se han aprobado precedentes sobre este acto.


==Jurisprudencia Registral==
==Jurisprudencia Registral==
=== Resoluciones del Tribunal Registral ===
===Resoluciones del Tribunal Registral===


====Sumilla de la Resolución 897-2015-SUNARP-TR-L de 08/05/2015 sobre prórroga de funciones de CAFAE====
====Sumilla de la Resolución 897-2015-SUNARP-TR-L de 08/05/2015 sobre prórroga de funciones de CAFAE====
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==Tasa Registral==
==Tasa Registral==
*Derecho de calificación: S/ 10.00
*Derecho de calificación: S/ 10.00
*Derecho de inscripción: S/ 10.00
*Derecho de inscripción: S/ 10.00


==Plazo de calificación==
==Plazo de calificación==
*Plazo de calificación: 7 días hábiles


  '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''
*Plazo de calificación: 7 días hábiles
 
  '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''
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