Diferencia entre revisiones de «Inscripción de reconocimiento judicial de apoyo y salvaguardias»
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Inscripción de reconocimiento judicial de apoyo y salvaguardias (ver código)
Revisión del 19:25 27 mar 2020
, 27 mar 2020sin resumen de edición
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Línea 2: | Línea 2: | ||
== Requisitos para la inscripción == | == Requisitos para la inscripción == | ||
a)Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante. | a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante. | ||
b)Parte judicial que contenga el reconocimiento judicial de apoyo y salvaguardioas. | b) Parte judicial que contenga el reconocimiento judicial de apoyo y salvaguardioas. | ||
Las copias deben estar certificadas por el Secretario de Juzgado y las resoluciones deben estar suscritas por el juez y el auxiliar Jurisdiccional respectivo. | Las copias deben estar certificadas por el Secretario de Juzgado y las resoluciones deben estar suscritas por el juez y el auxiliar Jurisdiccional respectivo. | ||
d)Pago de derechos registrales. | d) Pago de los derechos registrales. | ||
== ¿Qué deberá tener como mínimo la demanda de reconocimiento judicial de apoyos y salvaguardias? == | == ¿Qué deberá tener como mínimo la demanda de reconocimiento judicial de apoyos y salvaguardias? == | ||
Línea 48: | Línea 48: | ||
== Base legal== | == Base legal== | ||
* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos | * Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias. | ||
* Artículos 45-B, 659-A, 659-B, 659-C, 659-D, 659-E, 659-F, 659-G, 659-H, 1976-A, 2010, 2011, 2030, 2031, 2032 y 2033 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984). | * Artículos 45-B, 659-A, 659-B, 659-C, 659-D, 659-E, 659-F, 659-G, 659-H, 1976-A, 2010, 2011, 2030, 2031, 2032 y 2033 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984). | ||
Línea 61: | Línea 61: | ||
== | == Tasa registral == | ||
* Derecho de | * Derecho de calificación: S/ 10.00 | ||
* Derecho de inscripción: S/ 10.00 | * Derecho de inscripción: S/ 10.00 | ||
Total: S/ 20.00 | * Total: S/ 20.00 | ||
== Plazo de calificación == | == Plazo de calificación == | ||
* 7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados) | * 7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados). | ||
'''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público | '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''' |