Diferencia entre revisiones de «Inscripción de transferencia fiduciaria»
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→Tener en cuenta para la inscripción
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==Tener en cuenta para la inscripción== | ==Tener en cuenta para la inscripción== | ||
* Independientemente del instrumento en el que se formalice el fideicomiso, la relación detallada de los bienes comprendidos en él puede consignarse en documento privado con firmas legalizadas. | |||
* Cuando se trate de inscribir la modificación del fideicomisario o fideicomitente, por haber cambiado el sujeto que ostentaba tal condición, bastará acreditar ante el registro dicha modificación a través del título pertinente que dio mérito a ésta. La modificación, una vez inscrita, no altera en modo alguno el dominio fiduciario a favor del fiduciario ni la publicidad que se otorgue respecto a él. | |||
* Mediante formulario registral legalizado por Notario, cuando en este último caso el valor del inmueble no sea mayor a 20 (UIT), de conformidad con lo señalado en la Ley 27755. | |||
* En los lugares donde no exista Notario Público, podrán habilitarse formularios registrales para ser tramitados ante el Juez de Paz, siempre que el valor del inmueble no supere las 20 UIT. | |||
* Cuando las inscripciones se realicen a mérito a formulario registral, la legalización se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 023-2003-JUS. | |||
* La presentación del Parte notarial en la oficina registral, deberá de ser efectuada por el Notario ante quien se otorgó el instrumento o por sus dependientes acreditados. Excepcionalmente, a solicitud y bajo responsabilidad del interesado, el parte notarial podrá ser presentado y tramitado por persona distinta al notario o sus dependientes. El notario al expedir el parte deberá consignar en estos instrumentos el nombre completo y número de documento de identidad de la persona que se encargará de la presentación y tramitación, además de incorporarlo en el Módulo “Sistema Notario” los datos de la persona (Sétima Disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo 1049, modificado por el Decreto Legislativo 1232). | |||
==Base legal== | ==Base legal== |